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title: "Kathia Rivera responde: cómo constituye un extranjero una sociedad en Panamá sin viajar"
url: https://radarpanama.com/entrevista-kathia-rivera-constituir-sociedad-panama-extranjero/
author: Deilys Romero
publisher: Radar Panamá
date: 2026-09-25
modified: 2026-09-25
description: "La fundadora de Legal Solutions Panamá responde las preguntas frecuentes: nacionalidad, viaje, plazos, agente residente, capital social, impuestos y contabilidad, y qué ha cambiado desde entonces."
language: es
license: Prensa12 LLC. Cita permitida con enlace a la URL original.
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# Kathia Rivera responde: cómo constituye un extranjero una sociedad en Panamá sin viajar

**En resumen:** la legislación panameña no impone límites de nacionalidad ni de residencia para constituir una sociedad, y ni los directores ni los accionistas tienen que viajar. Así lo responde Kathia Rivera Morales, fundadora y presidenta de Legal Solutions Panamá, en un video de su canal donde contesta las preguntas más frecuentes de quienes quieren crear una empresa en el país. La constitución tarda alrededor de una semana con pasaportes vigentes y dos formularios; el agente residente es el abogado que inscribe el pacto social y actúa como nexo entre los accionistas y el Estado; el capital social no se desembolsa; y aunque la contabilidad no era obligatoria para sociedades sin operación local cuando se grabó el video, la firma ya recomendaba llevarla en Panamá con refrendo de contador público, obligación que hoy fija la ley.

## Quién responde y por qué importa

Kathia Rivera Morales es abogada por la Universidad de Panamá, con estudios de posgrado en la Universidad de Salamanca, y fundadora y presidenta de Legal Solutions Panamá, firma boutique de derecho corporativo, fiscal y migratorio con más de diez años de actividad y clientes de más de 55 nacionalidades. El video, publicado en el canal de YouTube de la firma con el título "Cómo creo una sociedad en Panamá siendo extranjero", es uno de los más vistos del canal y responde en tres minutos las dudas que Radar Panamá recibe con más frecuencia sobre el tema. Las frases entre comillas son textuales de la grabación, con ajustes mínimos de puntuación.

## ¿Puede un extranjero constituir una sociedad en Panamá?

"La legislación panameña no establece limitaciones de nacionalidad para poder constituir una empresa en Panamá. Como extranjero, tampoco se necesita ser residente en Panamá para constituir o formar parte de una empresa."
Kathia Rivera Morales, presidenta de Legal Solutions Panamá

La respuesta coincide con la Ley 32 de 1927, que permite a dos o más personas de cualquier nacionalidad, domiciliadas o no en el país, constituir una sociedad anónima para cualquier objeto lícito. Radar Panamá desarrolla el marco completo en su [guía sobre cómo crear una empresa offshore en Panamá](https://radarpanama.com/crear-empresa-offshore-en-panama/).

**Sin límite de nacionalidad**

Cualquier extranjero puede ser accionista, director o dignatario.

**Sin residencia previa**

No hace falta vivir en Panamá ni tener permiso migratorio para constituir la sociedad.

**Sin viajar**

Directores y accionistas no tienen que desplazarse; el agente residente tramita la inscripción.

**Una semana**

Plazo aproximado de constitución con la documentación completa, según la firma.

## ¿Hay que viajar? ¿Cuánto tarda? ¿Qué documentos?

"La respuesta es no: ni los directores ni los accionistas tienen que viajar para tener la empresa. La constitución se está tomando aproximadamente siete días."
Kathia Rivera Morales

Sobre los documentos, Rivera enumera una lista corta: "pasaportes vigentes de los directores, pasaportes vigentes de los accionistas, que completen un formulario de conozca a su cliente y otro formulario que contiene los datos importantes para poder facturar". El formulario de conocimiento del cliente es la debida diligencia que la ley exige al agente residente, y desde 2020 alimenta también el registro de beneficiarios finales.

| Requisito | Lo que dice la firma | Base legal |
| --- | --- | --- |
| Nacionalidad y residencia | Sin limitaciones; no se necesita ser residente | Ley 32 de 1927 |
| Presencia física | Ni directores ni accionistas viajan | Práctica del Registro Público con poder al agente residente |
| Plazo | Aproximadamente siete días | Depende de la carga del Registro Público |
| Documentos | Pasaportes vigentes, formulario de conozca a su cliente, formulario de datos de facturación | Ley 23 de 2015 (debida diligencia) y Ley 129 de 2020 (beneficiarios finales) |

## Qué es el agente residente

"El agente residente de una sociedad es una figura que establece la legislación panameña y corresponde al abogado o a la firma de abogados que inscribe el pacto en el Registro Público de Panamá. El agente residente es el nexo de unión entre los accionistas de la sociedad y el gobierno."
Kathia Rivera Morales

Esa definición se ha vuelto más exigente con los años: el agente residente es hoy el responsable de registrar al beneficiario final en el sistema de la Superintendencia de Sujetos no Financieros y de custodiar los registros contables que la sociedad debe entregarle cada año.

## Qué paga una sociedad que opera fuera de Panamá

"Estamos hablando de una sociedad que genera la renta fuera de la República de Panamá: no tendríamos que pagar impuestos. Por lo tanto, el único gasto anual serían los gastos anuales del agente residente y el impuesto de tasa única o impuesto corporativo."
Kathia Rivera Morales

**Dato clave:** el principio que describe Rivera es el de territorialidad del artículo 694 del Código Fiscal: solo tributa la renta producida dentro de Panamá. Los importes concretos de la tasa única y de los honorarios del agente residente que se mencionan en el video corresponden a la fecha de grabación; la tasa única anual vigente para sociedades anónimas es de 300 dólares.

## Capital social y contabilidad

"El capital social son las aportaciones que hacen los socios para constituir la sociedad. La legislación panameña establece que el capital social es mínimo de diez mil dólares; no obstante, estos diez mil dólares ni se desembolsan ni se consignan, lo que quiere decir que no debemos aportarlos para poder constituir la sociedad."
Kathia Rivera Morales

"La contabilidad no es obligatorio llevarla. No obstante, nosotros como agentes residentes sí recomendamos que la contabilidad se lleve dentro de Panamá, toda vez que es un requerimiento por parte de las autoridades panameñas. Con respecto a los estados financieros de la sociedad, se va a necesitar que vengan refrendados por contador público autorizado."
Kathia Rivera Morales

## Qué ha cambiado desde la grabación

El video se grabó antes de las reformas de transparencia más recientes, y la recomendación de Rivera sobre la contabilidad se convirtió en obligación: la Ley 254 de 2021 exige que toda sociedad panameña, opere o no en el país, entregue sus registros contables al agente residente cada 30 de abril, con multas de hasta un millón de balboas por incumplir. También se consolidó el registro de beneficiarios finales de la Ley 129 de 2020. Lo que no ha cambiado es el núcleo de sus respuestas: nacionalidad libre, sin viaje, capital sin desembolso y territorialidad fiscal.

| Tema | Lo que dice el video | Situación actual |
| --- | --- | --- |
| Nacionalidad, residencia y viaje | Sin límites, sin viajar | Igual |
| Capital social | 10.000 dólares sin desembolsar | Igual |
| Renta de fuente extranjera | No tributa en Panamá | Igual (artículo 694 del Código Fiscal) |
| Contabilidad | Recomendada, no obligatoria | Obligatoria: entrega anual al agente residente (Ley 254 de 2021) |
| Beneficiario final | Formulario de conozca a su cliente | Registro obligatorio ante la Superintendencia en 15 días hábiles (Ley 129 de 2020) |
| Tasa única anual | Importe de la fecha de grabación | 300 dólares |

Quien vaya a operar dentro del país, con local, empleados o ventas locales, necesita además el Aviso de Operación y el RUC, un proceso distinto que explica la [guía de Radar Panamá para abrir una empresa en Panamá](https://radarpanama.com/como-abrir-una-empresa-en-panama/).

## El video completo

## Preguntas frecuentes

**¿Un extranjero no residente puede crear una sociedad en Panamá?**

Sí. Según Kathia Rivera, la legislación no establece limitaciones de nacionalidad ni exige residencia para constituir o formar parte de una empresa panameña.

**¿Tienen que viajar los directores o accionistas?**

No. Ni directores ni accionistas tienen que viajar; el agente residente tramita la inscripción en el Registro Público.

**¿Cuánto tarda la constitución?**

Alrededor de siete días, según la firma, con pasaportes vigentes y los formularios de conocimiento del cliente y de facturación completados.

**¿Qué es el agente residente?**

El abogado o firma panameña que inscribe el pacto social en el Registro Público y actúa como nexo entre los accionistas y el Estado. Hoy también registra al beneficiario final y custodia los registros contables.

**¿Hay que aportar el capital social?**

No. El capital estándar de 10.000 dólares ni se desembolsa ni se consigna, explica Rivera; es un capital autorizado.

**¿Una sociedad que opera fuera de Panamá paga impuestos?**

No paga impuesto sobre la renta por su renta de fuente extranjera. Sus gastos anuales son la tasa única de 300 dólares y los honorarios del agente residente.

**¿Es obligatorio llevar contabilidad?**

Sí. Aunque en el video se describe como recomendable, la Ley 254 de 2021 obliga a entregar los registros contables al agente residente cada 30 de abril, con estados financieros refrendados por contador público autorizado cuando corresponda.

**¿Qué documentos se necesitan para constituir la sociedad?**

Pasaportes vigentes de directores y accionistas, un formulario de conozca a su cliente y un formulario con los datos para facturación, según enumera la firma.

## Fuentes consultadas

- [Cómo creo una sociedad en Panamá siendo extranjero](https://www.youtube.com/watch?v=LUCrD6j8l38), canal de YouTube de Legal Solutions Panamá. Transcripción de Radar Panamá.

- [Cómo crear una empresa en Panamá si eres extranjero](https://legalsolutionspanama.com/blog/como-crear-una-empresa-en-panama-si-eres-extranjero/), Legal Solutions Panamá.

- [Ley 32 de 1927 sobre Sociedades Anónimas](https://www.organojudicial.gob.pa/uploads/wp_repo/blogs.dir/cendoj/CIVIL/ley_32_de_1927_sobre_sociedades_anonimas.pdf), Órgano Judicial de Panamá.

- [Ley 129 de 2020](https://cnbc.mef.gob.pa/wp-content/uploads/2022/10/ley-129-de-2020.pdf), registro de beneficiarios finales.

- [Ley 254 de 2021, registros contables](https://icazalaw.com/es/2021/12/registros-contables-nuevos-requerimientos-en-panama/), Icaza, González-Ruiz & Alemán.

- [Código Fiscal de Panamá](https://docs.panama.justia.com/federales/codigos/codigo-fiscal.pdf), artículo 694.

- [Kathia Rivera Morales](https://es.linkedin.com/in/kathiarivera), perfil profesional en LinkedIn.
