Este sitio usa cookies técnicas y de analítica para mejorar la experiencia de lectura. Al continuar navegando, se acepta su uso.

Calculadora de impuesto de inmueble

En resumen: el impuesto de inmueble en Panamá se calcula por tramos sobre el valor catastral. La vivienda principal (Patrimonio Familiar Tributario) está exenta hasta 120.000 USD y paga entre 0,5% y 0,7% por encima. Los demás inmuebles están exentos hasta 30.000 USD y pagan entre 0,6% y 1%. La calculadora aplica la tabla de la Ley 66 de 2017.

Cálculo orientativo. No incluye exoneraciones por construcción nueva ni mejoras, que pueden reducir el impuesto durante varios años. Confirmar con la DGI o un abogado inmobiliario.

Cómo funciona el impuesto de inmueble

Es un impuesto anual sobre el valor registrado del terreno y las mejoras. Lo administra la Dirección General de Ingresos y se paga en tres cuotas (abril, agosto y diciembre) o en una sola con descuento del 10% si se cancela antes del último día hábil de febrero. Se calcula de forma progresiva: cada tramo paga su propia tasa, no el valor total.

Tablas vigentes (Ley 66 de 2017)

Vivienda principal Tasa
Hasta 120.000 USD 0%
De 120.000,01 a 700.000 USD 0,5%
Más de 700.000 USD 0,7%
Otros inmuebles Tasa
Hasta 30.000 USD 0%
De 30.000,01 a 250.000 USD 0,6%
De 250.000,01 a 500.000 USD 0,8%
Más de 500.000 USD 1%
Dato clave: para aplicar la tabla de vivienda principal hay que inscribir el inmueble como Patrimonio Familiar Tributario o Vivienda Principal ante la DGI. Sin ese trámite, se aplica la tabla general.

Ejemplo

Una vivienda principal de 250.000 USD paga 0% sobre los primeros 120.000 USD y 0,5% sobre los 130.000 USD restantes: 650 USD al año. El mismo inmueble como segunda vivienda paga 0% hasta 30.000 USD y 0,6% sobre 220.000 USD: 1.320 USD al año.

Preguntas frecuentes

¿Un extranjero paga el mismo impuesto de inmueble?

Sí. El impuesto depende del inmueble y de su uso, no de la nacionalidad del propietario. Un extranjero puede inscribir su vivienda principal en Panamá como Patrimonio Familiar Tributario si reside en ella.

¿Las construcciones nuevas están exoneradas?

Las mejoras nuevas pueden obtener exoneración temporal sobre el valor de la construcción, con plazos que dependen del valor y de la fecha del permiso de ocupación. El terreno sigue pagando.

¿Qué pasa si no se paga?

Se generan recargos e intereses, y la DGI puede impedir la inscripción de la venta en el Registro Público hasta que se cancele la deuda (paz y salvo).

Artículos relacionados

Fuentes

No widgets found. Go to Widget page and add the widget in Offcanvas Sidebar Widget Area.