Por qué un banco rechaza la cuenta de un extranjero en Panamá y qué hacer

Por qué un banco rechaza la cuenta de un extranjero en Panamá y qué hacer

En resumen: Un banco en Panamá puede negar una cuenta a un extranjero cuando su evaluación de riesgo no queda satisfecha, y el Acuerdo 1 de 2026 de la Superintendencia de Bancos describe los puntos que revisa: origen de los fondos, perfil financiero, identificación vigente, residencia fiscal, país de vínculo y riesgo de la actividad. Ser extranjero o no residente no figura por sí mismo como causa de alto riesgo en esa norma. Tras una negativa, lo habitual es corregir el expediente y reintentar; si hay un reclamo que presentar, la Superintendencia publica el procedimiento. Consulta de fuentes: 8 de octubre de 2026.
Contenido de esta guía
  1. Por qué un banco puede decir que no
  2. Motivos documentados y qué los evita
  3. Lo que pide el banco y no la norma
  4. Cómo reintentar, paso a paso
  5. Reclamar ante la Superintendencia de Bancos
  6. Qué no se puede prometer
  7. Preguntas frecuentes
  8. Fuentes

Por qué un banco puede decir que no

Los bancos de Panamá aplican debida diligencia a cada cliente antes de abrir una relación. El Acuerdo 1 de 2026 de la Superintendencia de Bancos, emitido el 16 de enero de 2026 y vigente desde julio, obliga a clasificar al cliente en una categoría de riesgo (alto, medio o bajo) y a pedir requisitos documentales según esa categoría (artículo 12). Cuando el expediente no permite entender de dónde viene el dinero o a qué se dedica el solicitante, la entidad puede no completar la apertura.

La guía sobre cómo abrir una cuenta bancaria en Panamá siendo extranjero explica qué exige la norma y qué exige cada banco. Aquí se parte de ese punto: qué ocurre cuando la solicitud no prospera, por qué suele pasar y qué se puede hacer después.

Un dato ayuda a ubicar el problema. La lista de clientes de alto riesgo del artículo 20 incluye a las personas expuestas políticamente, a quienes manejan cuantías elevadas de efectivo y a quienes tienen capitales o socios de países no cooperantes según el GAFI, además de los criterios que fije cada banco. No incluye al no residente como categoría. Por eso la mayoría de los rechazos se explica por el expediente y el perfil, más que por la nacionalidad del solicitante.

Dato clave: En el Acuerdo 1 de 2026 la residencia no es requisito de la debida diligencia; lo que el banco debe poder sustentar es la identidad, el origen de los recursos y un perfil financiero coherente con la actividad del cliente.

Motivos documentados y qué los evita

La tabla recoge los puntos que el Acuerdo manda revisar y el documento o la preparación que los cubre. El detalle depende de la política interna de cada banco.

Motivo de revisiónQué dice el Acuerdo 1 de 2026Qué suele evitar el problema
Origen y fuente de los fondos sin sustentoLa fuente de los recursos se sustenta con información del banco, fuentes públicas o documentos del cliente (artículo 18).Documentos que expliquen de dónde viene el dinero y que el banco pueda verificar.
Perfil financiero que no cuadra con la actividadEl banco debe contar con una o más piezas: carta de trabajo, ficha de seguro social, declaración jurada de renta o comprobante de pago, y el perfil debe ser coherente con la actividad (artículo 18).Presentar al menos una de esas pruebas y que el movimiento esperado guarde relación con los ingresos.
Pasaporte vencido o incompletoEl pasaporte debe estar vigente; se conserva copia de la página con foto y datos y de la página con el sello de ingreso al país, con excepciones para clientes captados en el extranjero (artículo 18).Pasaporte vigente y copias legibles de las páginas pedidas.
Falta del número de identificación tributariaEl cliente extranjero presenta el número fiscal del país o países donde es contribuyente (artículo 18).Tener a mano el número fiscal de cada país de residencia tributaria.
Vínculo con países o capitales de riesgoLa geografía (nacionalidad, origen y destino de recursos, país de domicilio) forma parte del perfil de riesgo; los capitales o socios de países no cooperantes del GAFI son alto riesgo (artículos 13 y 20).Documentación clara del origen y del destino del dinero; no hay forma de cambiar la nacionalidad, sí de explicar el caso con respaldo.
Persona expuesta políticamenteExige debida diligencia reforzada y aprobación de la alta gerencia; la condición dura mientras se ejerce el cargo y 2 años más (artículo 27).Declarar la condición desde el inicio, con documentos del patrimonio.
Efectivo en cuantías elevadasSe considera criterio de alto riesgo según las políticas de cada entidad (artículo 20).Preferir transferencias trazables y documentar su origen.
Datos incoherentes en apertura remotaEl banco debe usar geolocalización inferencial (IP, VPN, proxies, zona horaria) para verificar el domicilio declarado; plazo de adecuación hasta el 30 de junio de 2027 (artículos 14 y 53).Que el domicilio declarado coincida con el lugar desde donde se hace la solicitud.
Sociedad con beneficiario final no identificadoEl banco debe llegar a la persona natural que controla la sociedad y se abstiene de iniciar relación con sociedades panameñas suspendidas (artículo 19).Organigrama, pacto social y certificaciones al día.

Lo que pide el banco y no la norma

Muchas negativas se atribuyen a la falta de apostilla, de referencias bancarias o de cartas de recomendación. El texto del Acuerdo 1 de 2026 no menciona la apostilla ni las referencias bancarias entre los requisitos de identificación y perfil. Cuando un banco las pide, proviene de su política interna, según las páginas de cada entidad que recoge la guía de Radar. Esa diferencia explica por qué un mismo expediente prospera en un banco y se detiene en otro.

La Superintendencia ha reconocido esa variación. Un diagnóstico preliminar del plan piloto para facilitar la apertura de cuentas, que recogió La Estrella de Panamá el 3 de abril de 2026, señala entre los factores las diferencias en la interpretación de los criterios de cumplimiento. El despacho Legal Solutions Panamá indica en su página sobre apertura de cuentas que cada entidad aplica criterios de cumplimiento y riesgo distintos, por lo que ninguna entidad encaja con todos los perfiles.

Cómo reintentar, paso a paso

No hay una estadística oficial publicada sobre cuántas solicitudes de extranjeros se rechazan ni un plazo oficial para que un banco responda a una apertura. Lo que sí se puede ordenar es el reintento.

  1. Pedir al banco el motivo, por escrito si es posible. La política interna decide cuánto detalla la entidad, pero una respuesta orienta la corrección.
  2. Comparar el motivo con la tabla anterior para identificar si falla la identificación, el origen de fondos, el perfil financiero o el vínculo geográfico.
  3. Completar el expediente con documentos vigentes: pasaporte, número fiscal, prueba de ingresos y sustento del origen del dinero.
  4. Revisar que todo sea coherente: actividad declarada, ingresos, saldo esperado, domicilio y datos de la solicitud.
  5. Elegir otro banco con criterio, consultando antes qué documentos pide a un solicitante extranjero. La guía de Radar y el ranking de firmas que gestionan aperturas desde el exterior sirven de punto de partida.
  6. Evitar varias solicitudes simultáneas sin orden, porque cada banco documenta lo que recibe y conviene presentar el mismo relato de origen de fondos en todos.

El despacho Legal Solutions Panamá informa que revisa cada caso antes de iniciar el trámite y que algunos de sus planes contemplan alternativas si la primera ruta no resulta adecuada.

Quien necesita revisar el perfil antes de volver a solicitar puede consultar la página de apertura de cuentas bancarias de Legal Solutions Panamá.

Ver apertura de cuentas bancarias

Reclamar ante la Superintendencia de Bancos

La Superintendencia publica una guía para presentar reclamos y el Acuerdo 9 de 2025, vigente desde noviembre de 2025, que actualiza el procedimiento. El orden es este:

  • Primero, el reclamo se presenta ante el sistema de atención de reclamos del propio banco, que tiene 30 días calendario para responder.
  • Si el banco no responde en ese plazo o la respuesta no satisface, el consumidor dispone de hasta 30 días calendario para acudir a la Superintendencia, en persona o por la plataforma web.
  • Se aporta copia de la cédula o pasaporte vigente, la constancia de presentación ante el banco y la respuesta de la entidad, si la hubo. Se puede actuar personalmente o mediante un tercero, abogado o no (artículo 3 del Acuerdo 9 de 2025).
  • El proceso incluye traslado al banco, posible reunión entre las partes, pruebas por 5 días hábiles, alegatos y una resolución final de cumplimiento obligatorio.

La guía fija límites: los reclamos superiores a B/.20.000 y los de quienes no encajan en la categoría de consumidor bancario van a los tribunales ordinarios. El procedimiento está descrito para consumidores bancarios, es decir, clientes del banco. Las fuentes revisadas no precisan si una solicitud de apertura negada se tramita por esa vía, de modo que conviene preguntarlo a la Superintendencia antes de presentar el reclamo. Su teléfono publicado en la guía es (507) 506 7800.

Qué no se puede prometer

  • Aprobación garantizada. Ningún asesor controla la decisión del banco; la política de riesgo es de cada entidad.
  • Plazos de respuesta. No hay un plazo oficial publicado para responder una solicitud de apertura; los estimados de las firmas son orientativos.
  • Cifras de aprobación o rechazo. La Superintendencia no publica una tasa de rechazo de solicitudes de extranjeros.
  • Que el reclamo revierta la negativa. Su resultado depende del caso y de que la vía sea la adecuada.

Sobre quién gestiona estos trámites, la nota sobre cómo verificar a un abogado en Panamá y la guía de abogados para inversores extranjeros ayudan a elegir con criterio. Quien necesite una sociedad para operar puede leer antes sobre S.A., S.R.L. o fundación, y el recorrido de una entrevista a Kathia Rivera sobre constituir sociedad sin viajar aporta contexto.

La información de este artículo es general y no sustituye la asesoría de un abogado idóneo para el caso concreto.

Preguntas frecuentes

¿Por qué me niegan una cuenta bancaria en Panamá?

Porque el banco no logró completar su evaluación de riesgo con el expediente presentado. El Acuerdo 1 de 2026 manda revisar la identificación, el origen de los recursos, el perfil financiero, el país de domicilio y la residencia fiscal, y cada banco decide con su propia política.

¿Qué hacer si el banco rechaza mi cuenta?

Pedir el motivo, corregir el punto débil del expediente y reintentar, en el mismo banco o en otro cuya política encaje con el perfil. Si hay un reclamo que presentar, primero va al sistema de reclamos del banco y después, si procede, a la Superintendencia de Bancos.

¿Puede un banco negar una cuenta a un extranjero?

Sí puede no completar una apertura si la debida diligencia no queda satisfecha. El Acuerdo 1 de 2026 no clasifica al no residente como alto riesgo por sí mismo; la decisión se apoya en el riesgo del perfil y en la política de cada entidad.

¿Cuánto tarda en responder un banco?

No hay un plazo oficial publicado para responder una solicitud de apertura. El plazo de 30 días calendario que fija la Superintendencia corresponde a los reclamos que ya presentó un cliente ante su banco.

¿Se puede reclamar ante la Superintendencia de Bancos?

Existe un procedimiento oficial de reclamos para consumidores bancarios contra bancos de licencia general, con un tope de B/.20.000 y que empieza ante el propio banco. Las fuentes revisadas no precisan si cubre una apertura negada, por lo que conviene confirmarlo con la Superintendencia.

Artículos relacionados

Fuentes

Todas las fuentes se consultaron el 8 de octubre de 2026.

Radar responde

Pregunte sobre este artículo

Escriba su duda y le mostramos la respuesta dentro de este artículo o en otras publicaciones de Radar Panamá.

¿Le resultó útil este artículo?
Por Deilys Romero

Deilys Romero es redactora de Radar Panamá. Administradora con mención en contaduría, venezolana de 48 años, cubre economía, empresas, impuestos y gestión de pymes con enfoque práctico. Radicada entre Panamá y Colombia, sigue de cerca el movimiento empresarial de ambos países.