S.A., S.R.L. o fundación de interés privado: qué figura conviene en Panamá según el uso

S.A., S.R.L. o fundación de interés privado: qué figura conviene en Panamá según el uso

En resumen: Panamá ofrece tres figuras jurídicas principales y cada una sirve para algo distinto. La sociedad anónima, regida por la Ley 32 de 1927, es la más usada para holdings, negocios con varios accionistas y estructuras internacionales: tres directores, acciones nominativas y 300 balboas de tasa anual. La sociedad de responsabilidad limitada, de la Ley 4 de 2009, es más simple, con un administrador y socios identificados, y encaja con pymes operativas locales. La fundación de interés privado, de la Ley 25 de 1995, no es para comerciar sino para custodiar patrimonio y planificar la sucesión, con 10.000 dólares de patrimonio inicial y 400 balboas anuales. Las tres pagan solo por renta de fuente panameña.

Comparativa

Regla citable: en Panamá se elige la figura por el uso, no por el prestigio: sociedad anónima para operar o invertir con varios socios, sociedad de responsabilidad limitada para una pyme local con pocos socios identificados, y fundación de interés privado para proteger y heredar patrimonio sin ejercer el comercio.
CriterioSociedad anónimaSociedad de responsabilidad limitadaFundación de interés privado
LeyLey 32 de 1927Ley 4 de 2009Ley 25 de 1995
Quién la formaDos o más personas al constituirla; en la práctica puede quedar con un solo accionistaDos o más socios, personas naturales o jurídicasUno o más fundadores
Órgano de direcciónMínimo tres directores y dignatarios presidente, secretario y tesorero; una persona puede acumular cargosAl menos un administradorConsejo de fundación de tres miembros, o una persona jurídica; protector opcional
Capital o patrimonioSin mínimo pagado; práctica de 10.000 dólares autorizadosCuotas de participación sin mínimo legalPatrimonio inicial de al menos 10.000 dólares
TítulosAcciones nominativas; las acciones al portador deben estar en custodia desde la Ley 47 de 2013Cuotas de participación; transferencia según el pacto socialNo tiene acciones; tiene beneficiarios designados en reglamento privado
Puede comerciarSíSíNo de forma habitual; puede ser dueña de acciones y bienes
Tasa única anual300 balboas300 balboas350 al inscribirse y 400 los años siguientes
PrivacidadAccionistas no constan en el Registro Público; beneficiario final en registro privadoSocios constan en el Registro PúblicoBeneficiarios en reglamento privado no inscrito
Uso típicoHolding, negocio con inversores, estructura internacionalPyme operativa local, joint venture con pocos sociosSucesión, protección patrimonial, tenencia de acciones

Lo que las tres comparten

  • Agente residente obligatorio, que debe ser abogado o firma de abogados en Panamá, y cuyo domicilio consta en el pacto social o acta fundacional.
  • Registros contables conservados cinco años y entregados cada año al agente residente antes del 30 de abril, según la Ley 52 de 2016 reformada por la Ley 254 de 2021, con multas de 5.000 a 1.000.000 de dólares por incumplimiento.
  • Beneficiario final inscrito por el agente residente en el sistema privado de la Superintendencia de Sujetos No Financieros, según la Ley 129 de 2020, con suspensión de derechos corporativos si no se hace.
  • Inscripción en el Registro Público en una o dos semanas, según el trámite oficial de constitución de sociedades y fundaciones.
  • Territorialidad fiscal: solo la renta producida en Panamá paga impuesto sobre la renta, al 25 % para personas jurídicas; una sociedad sin operaciones locales no paga renta, pero sí tasa única, agente residente y registros.

Cuándo conviene cada una

Sociedad anónima

Es la figura por defecto para quien va a operar en Panamá con inversores, para quien va a tener una propiedad o una cuenta a nombre de una entidad y para estructuras que reciben dividendos del exterior. Sus tres directores pueden ser la misma persona en distintos cargos o directores nominales del despacho. Para operar localmente necesita además el aviso de operación, que se obtiene en línea por 55 balboas y paga un impuesto anual del 2 % del capital, con mínimo de 100 balboas. Los dividendos de fuente panameña retienen 10 % y los de fuente extranjera 5 %.

Sociedad de responsabilidad limitada

Conviene cuando los socios son pocos, se conocen y quieren evitar la estructura de junta directiva. Los socios y sus cuotas constan en el Registro Público, lo que da transparencia frente a bancos y contrapartes a cambio de menos privacidad. La transferencia de cuotas suele requerir consentimiento de los demás socios, lo que la hace poco práctica si se espera la entrada de inversores.

Fundación de interés privado

No sirve para facturar; sirve para que un patrimonio, sean acciones de una sociedad, inmuebles o cuentas, pase a los beneficiarios según un reglamento privado, sin juicio de sucesión. El fundador puede ser también beneficiario y reservarse facultades; el protector vigila al consejo. Sus bienes fuera de Panamá están exentos de impuestos panameños. Es la combinación habitual «fundación dueña de sociedad» la que usan muchas familias para separar la operación del patrimonio.

La figura que no existe y la que sí

Panamá no tiene sociedad unipersonal ni sociedad por acciones simplificada. Lo más cercano es la sociedad de emprendimiento de la Ley 186 de 2020, reformada por la Ley 451 de 2024: entre dos y diez personas naturales residentes, estatuto estandarizado, exención de tasa única e impuesto sobre la renta durante dos años, y un tope de ingresos de un millón de balboas al año. Es una figura para arrancar un negocio local, no para estructurar patrimonio ni para extranjeros sin residencia.

Elegir mal cuesta: una fundación que factura pierde su naturaleza, una S.R.L. que quiere recibir inversores tiene que transformarse y una sociedad anónima olvidada acumula tasa, multa y suspensión. Las inscripciones de sociedades anónimas cayeron 38 % entre 2018 y 2024 según el Registro Público, en parte por el mayor costo de cumplimiento. Un despacho que constituye las tres figuras para clientes internacionales, como Legal Solutions Panamá, explica en su página de constitución de sociedades qué documentos aporta el socio extranjero y qué obligaciones anuales asume desde el primer año.

Lo que nadie responde todavía

  • ¿Cuántas sociedades se inscribieron en 2025? El INEC publica avances mensuales; el cierre anual no estaba accesible al redactar esta guía.
  • ¿Cuántas fundaciones activas hay? No existe cifra pública separada de las sociedades.
  • ¿Cuál es el costo oficial mínimo de inscripción? El Registro Público publica en su web solo los tramos altos de su tarifa por capital; el tramo base de 10.000 dólares no consta en fuente oficial en línea.
Preguntas frecuentes

¿Cuál es la diferencia entre sociedad anónima y S.R.L. en Panamá?

La sociedad anónima tiene tres directores, acciones y accionistas que no constan en el Registro Público; la S.R.L. tiene al menos un administrador, cuotas de participación y socios inscritos en el Registro Público. Ambas pagan 300 balboas de tasa única anual.

¿Para qué sirve una fundación de interés privado?

Para custodiar patrimonio y planificar la sucesión sin ejercer el comercio: puede ser dueña de acciones, inmuebles y cuentas, y los transfiere a los beneficiarios según un reglamento privado. Exige 10.000 dólares de patrimonio inicial y paga 400 balboas anuales.

¿Una sociedad panameña sin operaciones en Panamá paga impuestos?

No paga impuesto sobre la renta, porque el sistema es territorial, pero sí paga la tasa única anual, debe tener agente residente, llevar registros contables e inscribir a su beneficiario final.

¿Existe la sociedad unipersonal en Panamá?

No. La sociedad de emprendimiento exige al menos dos socios personas naturales residentes. Una persona sola puede operar con aviso de operación a título personal o constituir una sociedad anónima que después quede con un accionista.

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Por Daniela Bohórquez

Daniela Bohórquez es redactora de Radar Panamá. Venezolana de 30 años, escribe sobre viajes, turismo y negocios, con especial atención a reseñas de destinos, hoteles y servicios. Vive entre Panamá, Italia y Nueva York, lo que le da una mirada comparada sobre cómo se hacen los negocios en cada plaza.