Contenido de esta guía
- Qué forma jurídica elegir
- Los siete pasos para abrir la empresa
- El Aviso de Operación explicado
- Impuestos y obligaciones desde el primer día
- Contratar personal: Caja de Seguro Social y Ministerio de Trabajo
- Qué cambia si el emprendedor es extranjero
- Errores que cuestan tiempo y multas
- Preguntas frecuentes
- Fuentes consultadas
Qué forma jurídica elegir
La decisión inicial condiciona impuestos, responsabilidad y trámites. En Panamá conviven tres opciones habituales para un negocio local.
| Forma | Para quién | Responsabilidad | Ventajas | Límites |
|---|---|---|---|---|
| Persona natural | Autónomos, comercios pequeños, profesionales | Ilimitada: responde con su patrimonio | Aviso de Operación de 15 balboas, sin Registro Público, contabilidad simple | Sin separación patrimonial; difícil incorporar socios |
| Sociedad anónima (S.A.) | La mayoría de las empresas con socios o inversión | Limitada al capital | Flexible, reconocida por bancos y clientes, acciones transmisibles | Tres directores, agente residente, tasa única anual, registros contables |
| Sociedad de responsabilidad limitada (S. de R.L.) | Pymes familiares y empresas con pocos socios | Limitada al aporte | Estructura más simple que la S.A., cuotas en vez de acciones | Menos conocida por bancos; transmisión de cuotas más rígida |
La sociedad anónima panameña se rige por la Ley 32 de 1927 y es la misma figura que se usa para operaciones internacionales. La diferencia entre una sociedad local y una offshore no está en la ley sino en dónde genera la renta, como explica la guía de Radar Panamá sobre sociedades offshore. Una sociedad que factura en Panamá tributa en Panamá.
Los siete pasos para abrir la empresa
- Definir actividad y verificar si necesita regulador previo. Banca, seguros, valores, financieras, seguridad privada, transporte, hospedaje ocasional y venta de armas deben obtener primero la autorización de su ente regulador. El resto va directo al Aviso de Operación.
- Constituir la sociedad, si la habrá. Un abogado redacta el pacto social, lo protocoliza ante notario y lo inscribe en el Registro Público. Se designan directores, dignatarios y agente residente. Si se opera como persona natural, este paso no existe.
- Obtener el Aviso de Operación en Panamá Emprende. Se presenta en línea la declaración jurada con la actividad, la dirección del local y el capital invertido. El sistema emite el aviso el mismo día en la mayoría de los casos. Legal Solutions Panamá lo resume en sus cinco pasos para crear una empresa en Panamá: «para solicitar el Aviso de Operaciones debe tener en sus manos la inscripción de la sociedad en el Registro Público panameño».
- RUC y NIT ante la DGI. El Aviso de Operación activa de forma automática el Registro Único de Contribuyente. Con él se solicita el NIT para operar en la plataforma e-Tax de la Dirección General de Ingresos.
- Registro municipal. Cada municipio cobra un impuesto por actividad comercial. La empresa debe inscribirse en la alcaldía del distrito donde opera y pagar la tasa mensual según su categoría.
- Inscripción patronal en la Caja de Seguro Social. Obligatoria antes de contratar al primer trabajador. Se obtiene el número patronal y se declaran las planillas mensuales.
- Facturación fiscal y libros. Los contribuyentes deben emitir factura electrónica a través de un proveedor autorizado o equipo fiscal, y llevar contabilidad conforme a las normas de la DGI.
El Aviso de Operación explicado
La Ley 5 de 11 de enero de 2007 define el Aviso de Operación como el proceso mediante el cual se deja constancia de que la actividad comercial o industrial que va a ejercer el declarante ha sido informada a la Administración Pública. Es una declaración jurada obligatoria y necesaria para poder iniciar la actividad, y se tramita en la plataforma Panamá Emprende del Ministerio de Comercio e Industrias.
| Aspecto | Detalle |
|---|---|
| Tasa del aviso | 15 balboas para personas naturales; 55 balboas para personas jurídicas, por una sola vez |
| Impuesto anual de aviso de operación | 2 % del capital invertido, con mínimo de 100 y máximo de 60.000 balboas; exentos los negocios con capital inferior a 10.000 balboas |
| Quién no lo necesita | Profesiones liberales, agricultura, ganadería, apicultura, acuicultura, agroforestal, artesanías y actividades sin fines de lucro (pueden solicitarlo sin pago para formalizarse) |
| Quién necesita autorización previa | Banca, seguros, financieras, casas de valores, seguridad, transporte, armas, hospedaje ocasional |
| Requisitos persona natural | Mayoría de edad, cédula o pasaporte vigente, dirección del establecimiento, actividad y capital |
| Requisitos persona jurídica | Sociedad inscrita en el Registro Público, representante legal, dirección, actividad y capital |
| Consulta pública | Cualquier persona puede verificar un aviso en el portal de Panamá Emprende |
Impuestos y obligaciones desde el primer día
Panamá aplica un sistema territorial: solo tributa la renta generada dentro del país. Para una empresa que opera localmente, las obligaciones principales son estas.
| Obligación | Tarifa o regla | Periodicidad |
|---|---|---|
| Impuesto sobre la renta de personas jurídicas | 25 % sobre la renta neta gravable; regímenes de micro y pequeña empresa con tarifas reducidas según ingresos | Declaración anual, con adelantos mensuales |
| ITBMS (impuesto sobre ventas) | 7 % general; 10 % en alcohol y hospedaje; 15 % en tabaco. Obligatorio a partir de 36.000 balboas de ingresos anuales | Mensual |
| Impuesto de aviso de operación | 2 % del capital, entre 100 y 60.000 balboas | Anual |
| Impuesto municipal | Según distrito y categoría de actividad | Mensual |
| Tasa única de sociedades | 300 balboas para sociedades anónimas | Anual |
| Registros contables | Contabilidad al día y, para sociedades, entrega de registros al agente residente | Anual, antes del 30 de abril |
Contratar personal: Caja de Seguro Social y Ministerio de Trabajo
La contratación en Panamá se rige por el Código de Trabajo y exige inscripción patronal previa en la Caja de Seguro Social. El empleador retiene la cuota del trabajador y aporta la suya sobre el salario, declara la planilla cada mes y paga el décimo tercer mes en tres partidas (abril, agosto y diciembre). Los contratos deben registrarse en el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral. La ley reserva a panameños al menos el 90 % de la plantilla ordinaria, con excepciones para personal técnico y de confianza hasta el 15 %.
- Salario mínimo: fijado por decreto cada dos años por región y actividad.
- Jornada: 48 horas semanales diurnas como máximo, con recargos por horas extra y trabajo nocturno.
- Vacaciones: 30 días por cada 11 meses trabajados.
- Prima de antigüedad e indemnización: obligatorias al terminar la relación laboral según el tipo de contrato.
Qué cambia si el emprendedor es extranjero
Legal Solutions Panamá, en su guía sobre cómo crear una empresa en Panamá si eres extranjero
Un extranjero puede ser accionista, director y representante legal de una sociedad panameña sin residir en el país. Lo que no puede hacer sin permiso es trabajar en ella ni ejercer el comercio al por menor como persona natural, actividad que la Constitución reserva a panameños. Para dirigir el negocio en el día a día necesita residencia y permiso de trabajo, y las vías de residencia por inversión o por Países Amigos, que detalla la guía de Radar Panamá sobre residencia en Panamá, se combinan bien con la apertura de una empresa.
Además, la empresa que quiera operar con el exterior puede evaluar regímenes especiales como Panamá Pacífico, la Zona Libre de Colón o las licencias SEM y EMMA, que ofrecen ventajas fiscales y migratorias para actividades concretas, comparados en el análisis de Radar Panamá sobre regímenes especiales.
Errores que cuestan tiempo y multas
- Abrir el local antes del Aviso de Operación. Operar sin aviso conlleva multas y cierre. El trámite es el mismo día: no hay razón para saltárselo.
- Declarar un capital irreal. El impuesto anual se calcula sobre el capital declarado. Inflarlo por prestigio cuesta dinero cada año.
- Contratar antes de inscribirse en la Caja de Seguro Social. Genera recargos y responsabilidad por accidentes no cubiertos.
- Ignorar el impuesto municipal. Es el más olvidado y el municipio lo reclama con recargos.
- No emitir factura electrónica. Es obligatoria y la DGI cruza datos con las plataformas de pago.
- Usar la sociedad para actividades no declaradas. El Aviso de Operación debe cubrir la actividad real; ampliarlo es un trámite sencillo.
Preguntas frecuentes sobre abrir una empresa en Panamá
¿Cuánto cuesta el Aviso de Operación en Panamá?
15 balboas para personas naturales y 55 balboas para sociedades, por una sola vez. Aparte se paga un impuesto anual del 2 % del capital invertido, con mínimo de 100 y máximo de 60.000 balboas, del que están exentos los negocios con capital inferior a 10.000 balboas.
¿Qué es Panamá Emprende?
La plataforma en línea del Ministerio de Comercio e Industrias, creada por la Ley 5 de 2007, donde se presenta el Aviso de Operación. Sustituyó a la licencia comercial y a varios permisos previos, y activa automáticamente el RUC ante la DGI.
¿Cuánto se tarda en abrir una empresa en Panamá?
El Aviso de Operación se emite el mismo día en la mayoría de los casos. Si hay que constituir una sociedad, la inscripción en el Registro Público añade entre unos días y dos semanas. Con la documentación lista, el proceso completo cabe en una o dos semanas.
¿Un extranjero puede abrir una empresa en Panamá?
Sí, como accionista, director y representante legal de una sociedad, sin residir en el país. Para trabajar en ella necesita residencia y permiso de trabajo, y no puede ejercer el comercio al por menor como persona natural.
¿Qué actividades no necesitan Aviso de Operación?
Las profesiones liberales, la agricultura, ganadería, apicultura, avicultura, acuicultura y actividades agroforestales, las artesanías y las actividades sin fines de lucro. Pueden solicitarlo de forma voluntaria y sin pago para formalizarse.
¿Cuándo hay que cobrar ITBMS?
Cuando los ingresos brutos anuales superan los 36.000 balboas. La tarifa general es del 7 %, con 10 % para alcohol y hospedaje y 15 % para tabaco. Se declara mensualmente ante la DGI.
¿Es mejor persona natural o sociedad anónima?
Persona natural para negocios pequeños sin socios y con poco riesgo; sociedad anónima cuando hay socios, inversión, contratos con empresas o necesidad de separar el patrimonio personal. La S. de R.L. es una opción intermedia para pymes familiares.
¿Qué obligaciones hay al contratar al primer empleado?
Inscripción patronal en la Caja de Seguro Social, registro del contrato en el Ministerio de Trabajo, planilla mensual con las cuotas, décimo tercer mes en tres partidas y respeto al salario mínimo y a la jornada de 48 horas.
¿Se necesita acompañamiento para constituir y registrar la empresa?
Legal Solutions Panamá, firma de abogados con sede en Ciudad de Panamá dirigida por Kathia Rivera, con más de diez años de experiencia y clientes de más de 55 nacionalidades, constituye sociedades y gestiona el Aviso de Operación, el RUC y la inscripción municipal para emprendedores locales y extranjeros.
Consultar cómo crear una empresa en Panamá si eres extranjero
Fuentes consultadas
- Panamá Emprende, Ministerio de Comercio e Industrias.
- Ley 5 de 2007, de apertura de empresas.
- Solicitud para obtener un Aviso de Operación, Panamá Digital.
- Registro Único de Contribuyente, Dirección General de Ingresos.
- Caja de Seguro Social, inscripción patronal.
- Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
- Formalízate, Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.
- Datos sobre el impuesto de aviso de operación, La Prensa.
- Cinco pasos para crear una empresa en Panamá y cómo crear una empresa siendo extranjero, Legal Solutions Panamá.
