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Impuestos que paga una empresa en Panamá: renta, ITBMS, dividendos, Aviso de Operación y planilla

Impuestos que paga una empresa en Panamá: renta, ITBMS, dividendos, Aviso de Operación y planilla
En resumen: una empresa que opera en Panamá paga impuesto sobre la renta del 25% sobre su renta neta de fuente panameña, cobra y traslada el ITBMS del 7% si supera el umbral de facturación, retiene el impuesto de dividendos cuando reparte utilidades, paga cada año el impuesto de Aviso de Operación del 2% de su patrimonio y la tasa única de 300 dólares, y asume las cuotas patronales de la Caja de Seguro Social y el seguro educativo sobre la planilla. Las sociedades que solo generan renta fuera del país no pagan impuesto sobre la renta, pero sí la tasa única y el agente residente. Esta guía de Radar Panamá ordena cada impuesto con su tarifa, su base y su plazo, según el Código Fiscal y la Dirección General de Ingresos.
Contenido de esta guía
  1. Mapa de impuestos en una tabla
  2. Impuesto sobre la renta: 25% y cálculo alterno
  3. ITBMS: el IVA panameño del 7%
  4. Dividendos e impuesto complementario
  5. Aviso de Operación y tasa única
  6. Cargas sobre la planilla
  7. Inmueble, municipales y retenciones a no residentes
  8. Qué paga una sociedad sin operación local
  9. Calendario fiscal de una empresa
  10. Preguntas frecuentes
  11. Fuentes consultadas

Mapa de impuestos en una tabla

Impuesto Tarifa Base Cuándo se paga
Impuesto sobre la renta (personas jurídicas) 25% Renta neta gravable de fuente panameña Declaración anual hasta el 31 de marzo; estimada en tres cuotas
Cálculo alterno (CAIR) 4,67% sobre ingresos gravables Solo si los ingresos superan 1,5 millones de dólares; se paga el mayor Con la declaración anual
ITBMS 7% (10% alcohol y hospedaje, 15% tabaco) Ventas de bienes y servicios gravados Mensual, formulario 430, primeros 15 días del mes siguiente
Dividendos 10% fuente panameña, 5% fuente extranjera o exenta, 20% acciones al portador Utilidades distribuidas Retención al distribuir, remesa en 10 días
Complementario 4% (10% sobre el 40% de la utilidad) Utilidades no distribuidas Con la declaración de renta
Aviso de Operación 2% del patrimonio neto, mínimo 100 y máximo 60.000 dólares Capital más utilidades retenidas Anual, con la declaración de renta
Tasa única 300 dólares (sociedades anónimas) Fija Anual, según fecha de inscripción
Caja de Seguro Social 12,25% patrono, 9,75% trabajador Salario bruto Mensual
Seguro educativo 1,5% patrono, 1,25% trabajador Salario bruto Mensual

Impuesto sobre la renta: 25% y cálculo alterno

Las personas jurídicas tributan al 25% sobre la renta neta gravable, es decir, ingresos de fuente panameña menos costos y gastos deducibles. Las empresas con ingresos gravables superiores a 1,5 millones de dólares deben calcular además el impuesto por el método alterno, el 4,67% de los ingresos brutos gravables, y pagar el mayor de los dos; si el alterno resulta desproporcionado por pérdidas o márgenes bajos, se puede pedir a la Dirección General de Ingresos la no aplicación. Las personas naturales, incluidos los profesionales independientes, tributan por tramos: exento hasta 11.000 dólares anuales, 15% entre 11.000 y 50.000 y 25% sobre el exceso.

Dato clave: el principio de territorialidad del artículo 694 del Código Fiscal define qué es renta gravable. Facturar desde Panamá a clientes del exterior por servicios prestados fuera del país no genera impuesto sobre la renta; vender o prestar servicios dentro del territorio, sí. Los regímenes especiales que modifican esta regla, como SEM, EMMA o Zona Libre, se explican en la guía de regímenes especiales de Radar Panamá.

ITBMS: el IVA panameño del 7%

El Impuesto a la Transferencia de Bienes Corporales Muebles y la Prestación de Servicios grava con 7% la venta de bienes y servicios en Panamá, con tarifas de 10% para bebidas alcohólicas y hospedaje y 15% para tabaco. Están obligados a inscribirse como contribuyentes quienes facturan más de 36.000 dólares al año; por debajo de esa cifra no se cobra ni se declara. La empresa descuenta el ITBMS pagado en sus compras del cobrado en sus ventas y liquida la diferencia cada mes con el formulario 430 en e-Tax 2.0. Exportaciones, medicinas, alimentos básicos y servicios educativos y de salud están exentos o no gravados.

Umbral

36.000 dólares de ingresos brutos anuales para ser contribuyente del ITBMS.

Crédito fiscal

El impuesto pagado en compras se resta del cobrado en ventas; solo se ingresa la diferencia.

Plazo

Declaración mensual dentro de los primeros 15 días del mes siguiente.

Retenciones

El Estado y las grandes empresas retienen el 50% del ITBMS a sus proveedores; el resto se acredita.

Dividendos e impuesto complementario

Cuando la sociedad reparte utilidades, retiene el impuesto de dividendos: 10% si provienen de renta de fuente panameña, 5% si provienen de renta de fuente extranjera, exenta o de exportación, y 20% para acciones al portador. Si decide no distribuir, el Código Fiscal presume una distribución mínima y cobra el impuesto complementario: 10% sobre el 40% de la utilidad neta, es decir, un 4% efectivo, que luego se acredita cuando el dividendo se reparte de verdad. Los préstamos de la sociedad a sus accionistas se tratan como dividendos y pagan el 10%.

Aviso de Operación y tasa única

Toda empresa que ejerce actividad comercial o industrial en Panamá necesita el Aviso de Operación, que se obtiene en línea en Panamá Emprende y genera un impuesto anual del 2% del patrimonio neto de la empresa, con un mínimo de 100 y un máximo de 60.000 dólares; las empresas en zonas francas pagan una tarifa reducida. Aparte, cada sociedad anónima paga una tasa única anual de 300 dólares para mantenerse vigente en el Registro Público, con recargos y eventual suspensión si se atrasa; las fundaciones de interés privado pagan 350 el primer año y 400 los siguientes. El proceso completo de constitución y Aviso de Operación está en la guía para abrir una empresa en Panamá.

Cargas sobre la planilla

Sobre el salario bruto de cada trabajador el empleador aporta 12,25% a la Caja de Seguro Social y 1,5% de seguro educativo, más la prima de riesgos profesionales, que varía según la actividad. Al trabajador se le retienen 9,75% de seguro social y 1,25% de seguro educativo, además del impuesto sobre la renta si su salario supera los 11.000 dólares anuales. A eso se suma el décimo tercer mes, un salario adicional pagado en tres partidas en abril, agosto y diciembre, y las vacaciones de 30 días por cada 11 meses trabajados.

Inmueble, municipales y retenciones a no residentes

  • Impuesto de inmueble. Progresivo sobre el valor catastral, con tramo exento y tarifas que van de 0,5% a 1% según se trate de vivienda principal u otros inmuebles; la vivienda nueva goza de exoneración temporal. El detalle está en la guía para comprar una propiedad en Panamá.
  • Impuestos municipales. Cada municipio cobra una tasa mensual según la actividad y el volumen de ventas; en el distrito de Panamá se declara ante la Dirección de Ingresos Municipales.
  • Retención a no residentes. Los pagos al exterior por servicios, regalías o intereses que sean deducibles en Panamá soportan una retención del impuesto sobre la renta calculada sobre el 50% del monto remesado, salvo convenio para evitar la doble imposición.
  • Timbres, ganancia de capital y transferencia de inmuebles. La venta de un inmueble paga 2% de transferencia y 3% de adelanto de ganancia de capital; la venta de acciones, 5% de retención sobre el precio como adelanto del 10% de ganancia.

Qué paga una sociedad sin operación local

Una sociedad panameña cuya renta se genera íntegramente fuera del país no paga impuesto sobre la renta, ITBMS ni Aviso de Operación, porque no ejerce comercio en Panamá. Sus obligaciones se reducen a la tasa única anual, los honorarios del agente residente, el registro de beneficiarios finales y la entrega anual de registros contables al agente, obligatoria desde la Ley 254 de 2021. Los detalles están en la guía sobre crear una empresa offshore en Panamá.

Calendario fiscal de una empresa

  1. Cada mes, días 1 a 15: declaración y pago del ITBMS del mes anterior; planilla de la Caja de Seguro Social.
  2. 31 de marzo: declaración jurada de renta del año anterior, con Aviso de Operación e impuesto complementario si corresponde; prórroga posible hasta el 30 de abril.
  3. Junio, septiembre y diciembre: tres cuotas del impuesto estimado del año en curso.
  4. 30 de abril: entrega de registros contables al agente residente para sociedades sin operación local.
  5. Según fecha de inscripción: tasa única anual, en enero o julio.
  6. Abril, agosto y diciembre: partidas del décimo tercer mes.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto paga de impuesto sobre la renta una empresa en Panamá?

25% sobre la renta neta gravable de fuente panameña. Si sus ingresos superan 1,5 millones de dólares, calcula también el 4,67% sobre ingresos brutos y paga el mayor.

¿Qué es el ITBMS y cuánto es?

El impuesto al valor agregado panameño: 7% general, 10% para alcohol y hospedaje y 15% para tabaco. Se declara cada mes y solo están obligados quienes facturan más de 36.000 dólares al año.

¿Cuánto se retiene por dividendos?

10% si la utilidad es de fuente panameña, 5% si es de fuente extranjera o exenta y 20% para acciones al portador. Si no se distribuye, se paga un 4% de impuesto complementario a cuenta.

¿Qué es el impuesto de Aviso de Operación?

Un 2% anual sobre el patrimonio neto de la empresa que ejerce comercio en Panamá, con mínimo de 100 y máximo de 60.000 dólares.

¿Cuánto cuesta mantener vigente una sociedad anónima?

La tasa única anual es de 300 dólares, más los honorarios del agente residente, que fija cada firma.

¿Qué carga social paga el empleador?

12,25% de Caja de Seguro Social y 1,5% de seguro educativo sobre el salario bruto, más la prima de riesgos profesionales según la actividad.

¿Una empresa que factura al exterior paga impuestos en Panamá?

No paga impuesto sobre la renta por su renta de fuente extranjera, por el principio de territorialidad. Sí paga la tasa única y cumple con beneficiario final y registros contables.

¿Cuándo se presenta la declaración de renta?

Hasta el 31 de marzo del año siguiente, con posibilidad de prórroga de un mes, y el impuesto estimado se paga en tres cuotas en junio, septiembre y diciembre.

Fuentes consultadas

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Por Deilys Romero

Deilys Romero es redactora de Radar Panamá. Administradora con mención en contaduría, venezolana de 48 años, cubre economía, empresas, impuestos y gestión de pymes con enfoque práctico. Radicada entre Panamá y Colombia, sigue de cerca el movimiento empresarial de ambos países.

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