En colaboración con Legal Solutions Panama. Radar Panamá mantiene una relación de colaboración con esta empresa, y el análisis sigue los mismos criterios editoriales. Cómo trabajamos
Última verificación: 19 de octubre de 2026. Cada dato enlaza a su fuente oficial.
Contenido de esta guía
Sí se puede: condiciones y mercado
La debida diligencia de los bancos panameños la fija el Acuerdo 1 de 2026 de la Superintendencia de Bancos, aprobado el 16 de enero de 2026. Para un cliente extranjero, el documento de identidad idóneo es el pasaporte y la norma no exige residencia para una cuenta ordinaria (artículo 18). La apertura simplificada queda reservada a residentes (artículo 15). Los límites de quien no reside están en la nota sobre cuenta bancaria sin ser residente.
El Acuerdo no distingue por nacionalidad: la incluye, junto con el país de domicilio, entre las variables de geografía con que cada banco califica el riesgo (artículo 13). Un mexicano recibe el mismo tratamiento normativo que cualquier extranjero y el resultado depende de su perfil.
La plaza panameña capta mucho dinero de la región: el informe de actividad bancaria de abril de 2026 registra un alza interanual de 13,3 % en los depósitos externos, con Colombia y Costa Rica como principales orígenes; México no figura entre los cinco primeros. Además, según la tabla del Convenio de la Apostilla, México, Panamá, Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua son partes.
Documentos: qué pide la norma
El artículo 18 del Acuerdo fija el perfil mínimo de una persona natural y el 19, el de una persona jurídica. La tabla resume la norma; cada banco puede añadir exigencias propias en su página oficial. El detalle por perfil está en la lista de documentos de Radar.
| Documento | Para qué sirve | Qué suele pedir el banco, según la norma |
|---|---|---|
| Pasaporte vigente | Identificar al extranjero. | Copia de la página con foto, firma y generales y, como regla, la del sello de ingreso a Panamá; se exime del sello a clientes captados en el exterior y a los de bancos de licencia internacional. |
| Identificación oficial del país de origen | Alternativa al pasaporte. | Solo si el banco la verifica con la entidad emisora (previa evaluación de la Superintendencia), si el cliente fue captado en el extranjero o si el banco es de licencia internacional. |
| Número fiscal | Mantener al día la residencia fiscal. | El de cada país donde el cliente es contribuyente. |
| Sustento de ingresos | Construir el perfil financiero. | Uno o más entre carta de trabajo, ficha de seguro social, declaración jurada de renta o comprobante de pago; el banco decide cuál acepta de un cliente del exterior. |
| Constitución de la sociedad | Probar existencia y vigencia. | Pacto social o su equivalente en el país de origen y documentos que evidencien la vigencia (art. 19). |
| Firmantes y beneficiario final | Saber quién controla la cuenta. | Identidad del presidente o representante, secretario, firmantes y apoderados, y de toda persona con 10 % o más de las acciones o derechos de voto. |
Apostilla y traducción desde México
El Acuerdo no menciona la apostilla ni la traducción como requisito del cliente. Surgen cuando el banco acepta como prueba un documento público extranjero, como el acta de una sociedad. Panamá se adhirió al Convenio el 30 de octubre de 1990 y México el 1 de diciembre de 1994 (vigencia desde 1991 y 1995), según la tabla de la HCCH. La presentación del Departamento de Autenticación y Legalización de la Cancillería panameña indica que un documento extranjero llega apostillado desde su país de origen, si es parte del Convenio, o certificado por un consulado panameño, y se traduce oficialmente si no está en español.
En México apostilla la autoridad que corresponda al documento: según el perfil de la HCCH, la Dirección de Coordinación Política con los Poderes de la Unión, de la Secretaría de Gobernación, para los federales, y la autoridad de cada una de las 32 entidades para los estatales. La Secretaría de Relaciones Exteriores no figura como autoridad en ese registro. Pasos habituales:
- Confirmar con el banco qué documentos necesita y en qué forma.
- Identificar el origen del documento, federal o estatal, que define la autoridad.
- Obtener el original expedido por la autoridad o el notario.
- Presentarlo a la autoridad de apostilla. El certificado autentica el origen del documento, no su contenido.
- Traducir si hace falta. Un documento en español no requiere traducción; en otro idioma, sí, por un traductor del listado de la Cancillería.
- Enviarlo al banco por el canal que indique.
Origen de fondos y perfil del cliente
El Acuerdo separa dos conceptos. El origen y destino de los recursos es geográfico: la jurisdicción de la que se recibe la mayor parte del dinero y a la que se envía. La fuente de los recursos es el sustento sobre su procedencia, que puede constar en información del banco, fuentes públicas o documentos del cliente (artículo 18). Ambos alimentan el perfil financiero y transaccional, que contrasta los ingresos esperados con la frecuencia y el monto reales de los movimientos.
El banco presta atención especial a transacciones superiores a diez mil balboas (artículo 9) y actualiza los datos cada 12, 24 o 48 meses según el riesgo (artículo 30). Panamá y México figuran entre los firmantes del acuerdo de la OCDE de intercambio automático de información financiera (listado al 13 de marzo de 2025).
Cuenta personal o de sociedad
Una persona natural presenta su perfil. Una sociedad, mexicana o panameña, presenta el suyo y el de quienes la controlan: según el artículo 19, acredita su constitución con documentos equivalentes al pacto social, y el banco identifica a dignatarios, firmantes y beneficiario final. Para el perfil financiero basta con uno de estos soportes: estados financieros firmados, declaración jurada de renta u otra documentación que evidencie los ingresos.
La debida diligencia simplificada no aplica a personas jurídicas extranjeras ni a las que tienen directores o dignatarios nominales de un agente residente (artículo 17). Si el banco no identifica al beneficiario final, no abre la relación. Los requisitos de una sociedad panameña se desarrollan en la nota sobre cuenta bancaria para una sociedad offshore, y también en las de beneficiario final y constitución de una sociedad sin viajar.
A distancia, rechazos y qué preguntar
El artículo 14 regula la apertura digital: el banco debe incorporar la geolocalización inferencial del solicitante, que estima su ubicación con señales como dirección IP, VPN, proxies, zona horaria y configuración regional del dispositivo, para verificar el domicilio declarado. El artículo 53 da plazo hasta el 30 de junio de 2027 para adecuarse, por lo que la práctica varía entre bancos.
Un banco puede rechazar una solicitud con la documentación completa; las razones y qué hacer están en la nota sobre el rechazo de cuentas de extranjeros. También existe la comparativa de firmas que gestionan la apertura. Preguntas útiles que la norma no resuelve:
- Si acepta clientes sin residencia, desde México.
- Si la apertura es totalmente remota o exige visita o entrevista.
- Qué documentos extranjeros deben ir apostillados.
- Qué sustento de ingresos acepta de un cliente del exterior.
Legal Solutions Panamá ofrece en su sitio un servicio de gestión en línea para personas y empresas de México que desean abrir una cuenta en Panamá, con consulta inicial gratuita para revisar el caso.
Mitos y realidad
- Mito: hace falta residencia. Realidad: para el extranjero la norma pide pasaporte; la residencia abre la apertura simplificada.
- Mito: el Acuerdo exige apostillar todo. Realidad: no menciona la apostilla; la pide el banco, documento por documento.
- Mito: la norma complica la apertura a los mexicanos. Realidad: no fija reglas por nacionalidad; evalúa el perfil de riesgo de cada cliente.
- Mito: abrir una cuenta es un derecho. Realidad: es una relación contractual que el banco acepta o rechaza.
- Mito: todo documento mexicano necesita traducción. Realidad: solo el que no está en español.
Preguntas frecuentes
¿Un mexicano puede abrir una cuenta en Panamá sin residencia?
Sí, según el Acuerdo 1 de 2026, que toma el pasaporte como documento idóneo del extranjero y no exige residencia para una cuenta ordinaria. Cada banco decide si acepta al cliente.
¿Se puede abrir a distancia?
Depende del banco. El Acuerdo regula la apertura digital con geolocalización del solicitante y plazo de adecuación hasta el 30 de junio de 2027; si la entidad pide visita o entrevista, lo informa en su proceso.
¿Hay que apostillar los documentos?
El Acuerdo no lo establece, pero el banco puede pedir apostillados los documentos públicos extranjeros, como el acta de una sociedad. En México, la apostilla federal la emite Gobernación y la estatal, cada entidad.
¿Qué es el origen de fondos?
Es la jurisdicción de la que llega y a la que va el dinero y, aparte, el sustento de su procedencia. El banco lo usa para el perfil financiero y lo compara con los movimientos reales.
¿Hay que dar el número fiscal de México?
Sí, el Acuerdo exige a los extranjeros el número de identificación tributaria de cada país donde son contribuyentes. Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de un abogado idóneo en Panamá.
Artículos relacionados
- Abrir una cuenta bancaria en Panamá siendo extranjero
- Documentos para abrir una cuenta bancaria siendo extranjero
- Por qué un banco rechaza la cuenta de un extranjero
- Apostilla y traducción oficial de documentos para Panamá
Fuentes
Todas las fuentes se consultaron el 19 de octubre de 2026.
- Superintendencia de Bancos, Acuerdo 1 de 16 de enero de 2026.
- HCCH, tabla de estado del Convenio sobre la Apostilla.
- HCCH, autoridades competentes de México y de Panamá.
- Cancillería de Panamá, procedimiento de legalización de documentos.
- Ministerio de Relaciones Exteriores y traductores públicos autorizados.
- OCDE, firmantes del acuerdo de intercambio automático.
- Superintendencia de Bancos, Informe de Actividad Bancaria, abril de 2026.
- Superintendencia de Bancos, bancos de licencia general.
- Legal Solutions Panamá, servicio de cuentas desde México.
Pregunte sobre este artículo
Escriba su duda y le mostramos la respuesta dentro de este artículo o en otras publicaciones de Radar Panamá.

