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Tres permisos, tres preguntas distintas
Gran parte de la confusión sobre las visas en Panamá viene de usar la misma palabra para tres cosas diferentes. Cada una responde a una pregunta y la regula una ficha distinta del Servicio Nacional de Migración (SNM).
| Capa | Pregunta que responde | Figura | Límite que fija la norma |
|---|---|---|---|
| 1. Entrada | ¿Puede esta persona subir al avión o cruzar la frontera? | Exención de visa, visa autorizada o visa estampada, según la nacionalidad | Solo autoriza el ingreso. No da derecho a quedarse más allá de la estancia concedida. |
| 2. Estancia temporal | ¿Cuánto tiempo y para qué puede permanecer quien entra sin residir? | Turista, corta estancia (negocios, visita familiar, trabajo remoto y otras) y sus prórrogas, ficha de visa de turista | La visa de turismo se expide por un término no mayor de 90 días. |
| 3. Residencia | ¿Puede vivir en el país de forma estable? | Permiso de residente temporal, provisional o permanente, por una categoría específica | Depende de la categoría: algunas dan un permiso provisional que luego permite pedir la permanencia. |
Capa 1: entrar a Panamá
La regla general es que la mayoría de las nacionalidades entra sin visa previa. Según la misión de Panamá en Estados Unidos, que publica el esquema de tipos de visa de turista, las demás se dividen en dos grupos: las que necesitan una visa autorizada, que requiere aprobación previa de Migración, y las que necesitan una visa estampada, que se tramita en el consulado. Esa misma página recoge una excepción para quienes ya tienen visa o residencia vigente de ciertos países, como Estados Unidos, Canadá, Australia, Corea, Japón, Reino Unido, Singapur y la Unión Europea, con una estancia máxima de 30 días.
La lista exacta de nacionalidades cambia por decreto y no conviene copiarla de memoria. Un ejemplo reciente: el Decreto Ejecutivo 12 de 30 de junio de 2026, publicado en la Gaceta Oficial y alojado en el sitio del SNM, dejó sin efecto el requisito de visa estampada para nacionales de la República Dominicana que había fijado el Decreto Ejecutivo 176 de 2015. El SNM publica sus decretos del año en la página de decretos 2026.
Para el ingreso, las preguntas frecuentes del SNM piden pasaporte con un mínimo de tres meses de vigencia, prueba de solvencia económica de al menos B/.500.00 y reserva de salida, además de la visa cuando el país de origen la exige. La fecha de consulta de estos requisitos es el 7 de octubre de 2026.
Capa 2: estancia temporal
El artículo 16 del Decreto Ejecutivo 320 de 2008, transcrito en la ficha oficial de visa de turista, establece que las visas de turismo valen por un término no mayor de 90 días, sin perjuicio de los acuerdos internacionales y la reciprocidad. Quien recibe menos de 90 días puede pedir una extensión antes de que venza, hasta completar un máximo de 90, con pasaporte vigente, boleto pagado, justificación y prueba de solvencia, según la ficha de extensión.
Hay una segunda extensión pensada para quien quiere cambiar a residente. La ficha de extensión para cambio de categoría permite a un turista pedir hasta 60 días más cuando le faltan requisitos para completar su solicitud de residencia. Debe solicitarse mediante apoderado legal diez días hábiles antes de que venza la estadía, con un pago de B/.250.00 y un depósito de garantía de B/.500.00 que se devuelve si la solicitud se presenta completa y a tiempo.
Dentro de la estancia temporal existe además la categoría de no residente de corta estancia. El SNM publica fichas para negocios, visita familiar, tratamiento médico, comerciantes e inversionistas, sector bancario, investigadores y trabajador remoto. Esta última, creada por el Decreto Ejecutivo 198 de 2021, es la que se conoce como visa de nómada digital: dura nueve meses, prorrogable una vez por el mismo período, y exige ingresos de fuente extranjera de al menos B/.36,000.00 al año y un seguro médico con cobertura en Panamá, según la ficha de trabajador remoto. No es una residencia.
Capa 3: las vías de residencia
La residencia se pide por categorías. La tabla resume las principales; para las vías ya analizadas a fondo en Radar se remite al artículo correspondiente, y para las demás se detalla en la sección siguiente. Un cuadro de dinero y tiempo de ocho vías está en las ocho vías de residencia comparadas.
| Vía | Quién califica | Qué sigue | Más información |
|---|---|---|---|
| Inversionista calificado | Extranjero que invierte en las modalidades del decreto de 2026 | Residencia permanente por inversión | Montos y plazos |
| Países Amigos | Nacionales de los países de la lista oficial que acreditan empleo o inversión | Permiso provisional y luego permanencia | Lista y requisitos |
| Pensionado o jubilado | Quien recibe una pensión o jubilación | Residencia permanente | Requisitos y descuentos |
| Reagrupación familiar | Cónyuge de panameño, padre o madre de hijo panameño, dependientes de residentes | Permiso provisional o temporal según la vía | Quién puede pedirla |
| Profesional | Profesional extranjero en una profesión no reservada a panameños | Permiso provisional y luego permanencia | Ver sección siguiente |
| Sede de Empresa Multinacional (SEM) | Personal de empresas con licencia SEM | Permanencia después de cinco años | Ver sección siguiente |
| Estudiante | Quien cursa estudios regulares a tiempo completo | Permiso temporal con prórrogas | Ver sección siguiente |
| Técnico o especializado (15%) | Extranjero contratado como personal especializado o técnico | Depende del permiso de trabajo y de la ficha aplicable | Ver sección siguiente |
| Extranjero dentro del 10% | Extranjero contratado por una empresa privada con salario mínimo fijado en la ficha | Provisional por dos años y luego permanencia | Ver sección siguiente |
El SNM lista además otras categorías menos frecuentes, como rentista retirado, inversión agraria o forestal, Ciudad del Saber, industria audiovisual, zonas francas y centros de llamadas. El catálogo completo con cada ficha en PDF está en la página de permisos migratorios. Sobre los plazos de cada trámite, el artículo de plazos migratorios separa los reglados por norma de los estimados.
Legal Solutions Panamá, firma con sede en Ciudad de Panamá, reúne en una sola página las categorías de permisos de residencia que atiende para extranjeros e inversionistas.
Cinco vías poco explicadas
Las fichas del SNM permiten precisar cinco categorías que rara vez se detallan. La firma tiene una página para cada una: profesionales, trabajadores de sedes multinacionales, estudiantes, técnico dentro del 15% y extranjero dentro del 10%.
- Profesional. La ficha PPT-PROF admite al extranjero profesional siempre que la profesión no esté limitada por la Constitución o por ley a panameños. Pide el título universitario apostillado o autenticado y, si es extranjero, la certificación de homologación. Otorga un permiso provisional de residente; la permanencia se solicita después con los mismos requisitos, salvo antecedentes penales y cheque. Se funda en el Decreto Ejecutivo 804 de 2012.
- Sede de Empresa Multinacional. La Ley 41 de 2007 creó el régimen y la Ley 57 de 2018 fijó en su artículo 27-A que el personal extranjero puede optar por la residencia permanente una vez transcurridos cinco años desde la aprobación de la visa de personal permanente. Para técnicos o personal de entretenimiento, la ficha de personal temporal de SEM prevé un permiso de hasta tres meses, prorrogable tres meses más por una sola vez.
- Estudiante. La ficha de permiso temporal por razones de educación exige estudios regulares a tiempo completo en centros reconocidos por el Ministerio de Educación y matrícula de todas las asignaturas del período en horario diurno. El permiso es exclusivo para estudiar: queda prohibido trabajar, salvo prácticas y pasantías que el centro requiera. La prórroga pide los créditos oficiales aprobados del año anterior.
- Técnico dentro del 15%. El artículo 17 del Código de Trabajo fija que al menos el 90 por ciento del personal ordinario sea panameño y que el personal extranjero especializado o técnico no exceda el 15 por ciento del total de trabajadores, con autorización previa del Ministerio de Trabajo. El artículo 18 obliga al empleador a sustituir al técnico extranjero por uno panameño en un máximo de cinco años desde la autorización. Dentro del área Panamá Pacífico, la ficha del personal especializado fija el límite de 15% y un permiso por el período de las leyes especiales, hasta cinco años prorrogables anualmente.
- Extranjero dentro del 10%. La ficha PPT-6 cubre al extranjero contratado por una empresa privada con un salario no menor de B/.850.00 mensuales. El permiso provisional dura dos años y luego puede optarse por la permanente. Entre los documentos figuran el contrato refrendado por el Ministerio de Trabajo, el aviso de operación de la empresa y la afiliación a la Caja de Seguro Social.
En todos los casos con dependientes, los requisitos de parentesco y edad se explican en el artículo sobre reagrupación familiar.
Mitos, errores comunes y qué verificar
| Mito | Lo que dicen las fuentes oficiales |
|---|---|
| La exención de visa permite quedarse a vivir | Solo autoriza el ingreso. La estancia como turista tiene un tope de 90 días en la ficha oficial y la residencia exige una categoría. |
| La visa de nómada digital es una residencia | Es una visa de corta estancia de nueve meses, prorrogable una vez, dentro de la categoría de no residente. |
| El permiso de estudiante permite trabajar | La ficha lo prohíbe, salvo las prácticas y pasantías que exija el centro educativo. |
| Un permiso provisional es la residencia permanente | En las fichas de profesional y de extranjero dentro del 10%, el provisional va seguido de una solicitud aparte de permanencia. |
Antes de decidir, conviene comprobar con el SNM estos puntos:
- Nacionalidad y visa de entrada. Revisar si el país figura entre los que requieren visa en el decreto vigente.
- Categoría de residencia. Elegir por el criterio que la ficha exige (inversión, vínculo familiar, empleo, estudios, pensión) y no por el nombre de la visa.
- Documentos del extranjero. Los certificados de antecedentes penales y de otros países deben estar apostillados o legalizados; el certificado de salud tiene vigencia de tres meses al presentar la solicitud, según las fichas del SNM.
- Poder notariado. La mayoría de las fichas pide poder y solicitud mediante abogado, con el nombre y la nacionalidad de los padres del solicitante.
- Tasas legales. Las fichas citan un cheque certificado de B/.250.00 al Tesoro Nacional y otro de B/.800.00 al SNM como depósito de repatriación en varias categorías.
- Fechas de la estancia. Pedir cualquier extensión antes de que venza el plazo, con la antelación que fija la ficha.
El factor que más mueve el costo de un trámite de residencia es la categoría y el número de dependientes. Antes de contratar a un abogado, el artículo sobre cómo verificar a un abogado migratorio explica la idoneidad y las señales de estafa, y el de qué hace un abogado en el permiso de residencia detalla las fases. La información de esta guía es general y no sustituye la asesoría de un abogado idóneo para el caso concreto.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son los tipos de visa en Panamá?
Se distinguen tres niveles: la visa o exención de entrada, la estancia temporal (turista o corta estancia) y los permisos de residencia temporal, provisional o permanente. El Servicio Nacional de Migración publica una ficha en PDF para cada categoría.
¿Qué países no necesitan visa para entrar a Panamá?
La mayoría de las nacionalidades entra sin visa previa; las que la requieren son las que figuran en los decretos vigentes, con visa autorizada o estampada. La lista cambia por decreto, como ocurrió con la República Dominicana en junio de 2026, por lo que se consulta en la Cancillería o en Migración antes de viajar.
¿Cuánto tarda obtener residencia en Panamá?
Depende de la categoría y de que el expediente esté completo. El único plazo fijado en norma entre las vías conocidas es el de 30 días del inversionista calificado, según el decreto de 2026; en las demás los tiempos son estimados. Un análisis por trámite está en el artículo de plazos migratorios de Radar.
¿Cuál es la mejor visa para vivir en Panamá?
La que corresponde al motivo que la ficha exige: inversión, pensión, empleo, estudios, vínculo familiar o nacionalidad incluida en Países Amigos. No hay una visa mejor en abstracto; el criterio es qué documento se puede acreditar hoy y qué derechos se necesitan después, como trabajar.
¿Cómo solicitar una visa o residencia en Panamá?
El trámite lo inicia un abogado con poder notariado ante el Servicio Nacional de Migración, con pasaporte cotejado, antecedentes penales y certificado de salud apostillados, y los documentos propios de la categoría. Las fichas citan además un cheque de B/.250.00 al Tesoro Nacional y otro de B/.800.00 al SNM.
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Fuentes
Todas las fuentes se consultaron el 7 de octubre de 2026.
- Servicio Nacional de Migración, permisos migratorios y fichas en PDF y preguntas frecuentes.
- SNM, requisitos de visa de turista, extensión de visa de turista, extensión para cambio de categoría y visa de trabajador remoto.
- SNM, extranjero profesional, razones de educación, personal dentro del 10%, personal especializado de Panamá Pacífico y personal de SEM.
- Ley 57 de 24 de octubre de 2018, Gaceta Oficial 28641, que reforma la Ley 41 de 2007.
- Código de Trabajo, artículos 17 y 18 (texto recopilado por el Órgano Judicial).
- Decreto Ejecutivo 12 de 30 de junio de 2026 y decretos 2026 del SNM.
- Misión de Panamá en Estados Unidos, tipos de visa de turista.
- Páginas de la firma: permisos de residencia, profesionales, sedes multinacionales, estudiantes, técnico 15% y extranjero 10%.
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