Tasa única de sociedades en Panamá: quién paga y cuándo vence

Tasa única de sociedades en Panamá: quién paga y cuándo vence

En resumen: Las sociedades anónimas, las de responsabilidad limitada y otras personas jurídicas inscritas en Panamá pagan una tasa única anual de 300 balboas, y las fundaciones de interés privado una de 400, según el artículo 318-A del Código Fiscal. El vencimiento depende del mes de inscripción: el 15 de julio para las inscritas de enero a junio y el 15 de enero para las inscritas de julio a diciembre. Actualizado en octubre de 2026. Pagar tarde cuesta un recargo de 50 balboas por año o fracción, y la mora prolongada trae multa, suspensión de servicios del Registro Público y, tras diez periodos, disolución.
Contenido de esta guía
  1. Qué es y quién la paga
  2. Calendario de vencimientos
  3. Línea de tiempo de la morosidad
  4. Cómo se rehabilita una sociedad
  5. Cómo mantenerla al día
  6. Cómo aparece en un servicio de constitución
  7. Preguntas frecuentes
  8. Fuentes

Qué es la tasa única y quién la paga

La tasa única anual es el pago que mantiene la «plena vigencia» de una persona jurídica, que el artículo 318-A define como su inscripción válida en el Registro Público de Panamá. Según el texto compilado del Código Fiscal, las sociedades anónimas, las sociedades de responsabilidad limitada y cualesquiera otras personas jurídicas, nacionales o extranjeras, pagan 300 balboas al año. Las fundaciones de interés privado pagan 350 balboas en la primera tasa y 400 en las siguientes. La obligación no se extiende a las organizaciones sin fines de lucro, las cooperativas ni las sociedades civiles.

La primera tasa se paga en el momento de la inscripción, junto con los derechos registrales, y el Registro Público la envía a la Dirección General de Ingresos (DGI). Las siguientes se pagan por conducto del representante legal o del agente registrado o residente, que al pagar declara la fecha en que el pacto social quedó inscrito. La figura del agente se explica en la guía de Radar sobre el agente residente en Panamá. El mismo artículo permite pagar por adelantado, y ese pago se entiende definitivo para los periodos cubiertos.

Calendario de vencimientos

El plazo de las tasas segunda y siguientes depende del mes en que se inscribió el pacto social o documento constitutivo:

Mes de inscripciónVence cada añoPróximo vencimiento al cierre de esta nota
Enero15 de julio15 de julio de 2027
Febrero15 de julio15 de julio de 2027
Marzo15 de julio15 de julio de 2027
Abril15 de julio15 de julio de 2027
Mayo15 de julio15 de julio de 2027
Junio15 de julio15 de julio de 2027
De julio a diciembre15 de enero15 de enero de 2027

Regla del artículo 318-A: hasta el 15 de julio para las inscritas de enero a junio, inclusive, y hasta el 15 de enero para las inscritas de julio a diciembre, inclusive. La columna de la derecha aplica esa regla sobre la fecha de esta nota. El texto compilado está en Wikisource y la redacción original de la reforma, en la Ley 49 de 2009, Gaceta Oficial 26370-C.

Dato clave: La tasa única anual de una sociedad panameña es de 300 balboas y vence el 15 de julio si se inscribió de enero a junio, o el 15 de enero si se inscribió de julio a diciembre, según el artículo 318-A del Código Fiscal.

Línea de tiempo de la morosidad

El artículo 318-A escalona las consecuencias de no pagar:

SituaciónConsecuencia según el artículo 318-A
Pago fuera de plazoRecargo único de 50 balboas por año o fracción de año
Falta de pago en el periodoNo se inscribe ningún acto, documento o acuerdo y no se expiden certificaciones sobre la persona jurídica, con excepciones para lo ordenado por autoridad y para terceros que buscan hacer valer derechos, con un formato que indica morosidad
Dos periodos consecutivos o alternos sin pagoAdemás del recargo, multa de 300 balboas y anotación marginal de morosidad
Pago de tasas morosas, recargos y multaSe restablecen los servicios del Registro Público y se levanta la anotación marginal
Diez periodos consecutivos sin pagoRetiro definitivo del Registro Público y disolución de la persona jurídica

La Ley 49 de 2009 y el texto compilado también prevén una multa de entre cinco y diez veces lo adeudado para quien reciba dinero de terceros para pagar la tasa y no lo ingrese al Tesoro Nacional.

Cómo se rehabilita una sociedad disuelta por falta de pago

Tras la disolución por diez años de falta de pago, el artículo abre un periodo de tres años en el que un director, dignatario, miembro del consejo fundacional, agente residente, socio o acreedor interesado puede rehabilitarla. La rehabilitación exige pagar todas las sumas adeudadas por tasa, incluidas las de los años vencidos durante esos tres años, más una multa de 1.000 balboas. Rehabilitada, la persona jurídica recupera su existencia y puede reanudar sus actividades. Si el plazo vence sin rehabilitación, el Registro Público cancela el registro y el nombre puede ser usado por cualquier interesado. La DGI elabora y difunde la lista de personas jurídicas con diez años de morosidad.

Cómo mantenerla al día: pasos de control

  1. Identificar el mes de inscripción. Consta en el pacto social inscrito, y define si el vencimiento es en julio o en enero. La guía de Radar sobre cómo consultar el Registro Público en línea explica dónde mirar una sociedad.
  2. Anotar la fecha en el calendario con anticipación. El pago vence el 15 de julio o el 15 de enero, y el recargo se aplica por año o fracción.
  3. Definir quién paga. El artículo prevé el pago por el representante legal o el agente residente, que declara la fecha de inscripción al pagar.
  4. Revisar si hay periodos atrasados. Dos periodos sin pago activan multa y anotación marginal, por lo que un solo atraso conviene regularizarlo de inmediato.
  5. Conservar el comprobante. El pago adelantado se entiende definitivo por los periodos cubiertos, y el recibo respalda la vigencia ante el Registro Público y los bancos.
  6. Cruzar con las demás obligaciones. La tasa única convive con otros pagos y reportes de una sociedad, que la guía de impuestos que paga una empresa en Panamá resume.

Para sociedades creadas con fines internacionales, la guía sobre cómo crear una empresa offshore en Panamá detalla las obligaciones del primer año, y la de fundación de interés privado o fideicomiso compara la figura que paga 400 balboas.

Cómo aparece la tasa única en un servicio de constitución

Según la página de constitución de sociedades de Legal Solutions Panamá, el plan Offshore Basic incluye la tasa única de la sociedad del primer año y un recordatorio anual de impuestos y cuotas con abono de tasas ante la DGI. La misma página no detalla el importe ni el calendario posterior, que se define al valorar cada caso con el equipo.

Legal Solutions Panamá presenta en su web la constitución de sociedades offshore y operativas, con la tasa única del primer año y un recordatorio anual de tasas dentro del plan Offshore Basic.

Ver la constitución de sociedades de Legal Solutions Panamá

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la tasa única de una sociedad en Panamá?

300 balboas al año para sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y otras personas jurídicas, y 400 balboas para fundaciones de interés privado, según el artículo 318-A del Código Fiscal compilado.

¿Cuándo vence la tasa única de sociedades?

El 15 de julio para las sociedades inscritas de enero a junio y el 15 de enero para las inscritas de julio a diciembre. Al cierre de esta nota, los próximos vencimientos son el 15 de enero y el 15 de julio de 2027 según el mes de inscripción.

¿Qué pasa si no se paga la tasa única?

Se aplica un recargo de 50 balboas por año o fracción, el Registro Público deja de inscribir actos y de expedir certificaciones ordinarias, y con dos periodos sin pago se suma una multa de 300 balboas y una anotación de morosidad.

¿Quién paga la tasa única de una sociedad?

El pago se hace por conducto del representante legal o del agente registrado o residente de la sociedad, que declara la fecha de inscripción del pacto social al pagar.

¿Se puede reactivar una sociedad disuelta por no pagar la tasa única?

Sí, durante un periodo de tres años tras la disolución, pagando todas las tasas adeudadas y una multa de 1.000 balboas. Pasado ese plazo, el Registro Público cancela la inscripción.

Artículos relacionados

Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un abogado o contador panameño. Los montos y plazos pueden cambiar por reformas, de modo que se confirman con la DGI antes de pagar.

Fuentes

Radar responde

Pregunte sobre este artículo

Escriba su duda y le mostramos la respuesta dentro de este artículo o en otras publicaciones de Radar Panamá.

¿Le resultó útil este artículo?
Por Deilys Romero

Deilys Romero es redactora de Radar Panamá. Administradora con mención en contaduría, venezolana de 48 años, cubre economía, empresas, impuestos y gestión de pymes con enfoque práctico. Radicada entre Panamá y Colombia, sigue de cerca el movimiento empresarial de ambos países.