Panamá como jurisdicción offshore: lo que sigue vigente y lo que ya no

Panamá como jurisdicción offshore: lo que sigue vigente y lo que ya no

En resumen: Consultado el 6 de octubre de 2026. Panamá sigue siendo una jurisdicción usada para estructuras internacionales, pero con reglas de transparencia que ya no admiten la imagen de opacidad de hace una década. El país salió de la lista gris del GAFI en octubre de 2023 y no figura en la actualización de junio de 2026. En la lista de jurisdicciones fiscales no cooperantes de la Unión Europea sigue en el Anexo I según la última actualización oficial (17 de febrero de 2026). La territorialidad sigue vigente, ahora con una prueba de sustancia económica para ciertas rentas pasivas desde 2027.
Contenido de esta guía
  1. La respuesta corta
  2. Qué sigue vigente y qué cambió
  3. Las listas internacionales, con fecha
  4. Mitos y hechos
  5. Qué implica para una estructura hoy
  6. Qué verificar antes de usar Panamá
  7. Preguntas frecuentes
  8. Fuentes

La respuesta corta: útil, pero ya no opaca

Panamá conserva dos rasgos que explican su uso internacional: grava la renta de fuente panameña y no la generada fuera del país, y la sociedad anónima sigue siendo una figura flexible y conocida. Lo que cambió desde 2016 es todo lo demás: hoy hay registro privado de beneficiarios finales, registros contables obligatorios, intercambio automático de información financiera y una prohibición general de las acciones al portador. Quien evalúe Panamá en 2026 decide con una jurisdicción regulada, vigilada por organismos internacionales y todavía en proceso de cerrar un pendiente con la Unión Europea.

La guía sobre cómo crear una empresa offshore en Panamá explica los requisitos y pasos, y la de impuestos que paga una empresa en Panamá detalla la tributación. Esta nota se ocupa de otra pregunta: qué reglas y qué reputación acompañan hoy a una estructura panameña, y qué conviene confirmar antes de elegirla.

Dato clave: Una sociedad panameña de uso internacional hoy es una entidad con beneficiario final identificado ante un registro privado, contabilidad respaldada por su agente residente y sujeta al intercambio automático de información financiera, no una estructura anónima.

Qué sigue vigente y qué cambió

Estado a la fecha de consulta, 6 de octubre de 2026. La columna de fuente lleva al texto oficial cuando se pudo abrir y lo indica cuando se trata de una fuente secundaria.

TemaSigue vigente o cambióEstado actualFuente
TerritorialidadSigue vigente, con un añadidoLa renta de fuente extranjera no se grava en Panamá. Desde los períodos fiscales de 2027, las entidades de grupos multinacionales con rentas pasivas extranjeras deben acreditar sustancia económica (Ley 526 de 2026) o tributan a una tasa definitiva de 15%.Icaza, González-Ruiz y Alemán; Decreto Ejecutivo 32 de 2026, Gaceta Oficial
Registros contablesCambióLa Ley 52 de 2016 obliga a ciertas personas jurídicas a mantener registros contables; la Ley 254 de 2021 la modificó.Gaceta Oficial 28149-B; Gaceta Oficial 29413-A
Beneficiarios finalesCambióLa Ley 129 de 2020 creó un sistema privado y único de registro, alimentado por los agentes residentes, al que acceden autoridades competentes.Gaceta Oficial 28985-C; KMK Legal (secundaria)
Acciones al portadorCambióProhibidas: tras el 31 de diciembre de 2015 los pactos sociales se consideran enmendados, salvo las sociedades que adoptaron el régimen de custodia o inmovilización.Ley 47 de 2013; Ley 18 de 2015
Intercambio automático (CRS)CambióPanamá hizo su primer intercambio automático en septiembre de 2018.CIAT
FATCACambióAcuerdo intergubernamental modelo 1 con Estados Unidos: las instituciones financieras reportan a la autoridad panameña, que intercambia con el IRS.Tesoro de EE. UU., texto del acuerdo
Lista gris del GAFICambióFuera de la lista desde octubre de 2023.Instituto Basel
Lista fiscal de la UEPendienteEn el Anexo I según la actualización del 17 de febrero de 2026.Comisión Europea

Las listas internacionales, con fecha

GAFI (lista gris). El Grupo de Acción Financiera Internacional retiró a Panamá de su lista de jurisdicciones bajo monitoreo reforzado en octubre de 2023, después de haber entrado en junio de 2019, según el resumen del Instituto Basel de Gobernanza. Ese estado se revisa en cada sesión plenaria del GAFI, por lo que conviene consultar el comunicado más reciente del organismo.

Unión Europea (lista fiscal). La Comisión Europea publicó el 17 de febrero de 2026 que Panamá seguía en el Anexo I, el de jurisdicciones no cooperantes, junto a otras nueve.

OCDE (Foro Global). La lista de la UE se apoya en gran parte en las evaluaciones del Foro Global sobre transparencia e intercambio de información. El informe de la segunda ronda, de noviembre de 2019, calificó a Panamá como parcialmente cumplidor en el intercambio de información previa solicitud. Cualquier nueva revisión del Foro Global es el pendiente que más puede mover la reputación del país.

Mitos y hechos

Idea frecuenteQué dicen las normasFuente
Las sociedades panameñas son anónimasLas acciones al portador están prohibidas desde 2015 salvo custodia autorizada, y existe un registro de beneficiarios finales al que acceden las autoridades. El registro es privado: el público no lo consulta, pero las autoridades sí.Ley 18 de 2015; Ley 129 de 2020
Una offshore no paga impuestos en ningún ladoPanamá no grava la renta de fuente extranjera, pero eso no dice nada sobre el país de residencia de los socios, que puede tener sus propias reglas de reporte e impuestos.Legal Solutions Panamá; Radar Panamá
Panamá es una lista negraDepende de la lista: ya no está en la del GAFI y sigue, a la fecha, en el Anexo I de la lista fiscal de la UE, con su retiro anunciado.Comisión Europea
Basta con registrar la sociedadDesde 2016 se exige además contabilidad respaldada y beneficiario final identificado, y desde 2027 una prueba de sustancia para ciertas rentas pasivas.Ley 52 de 2016; Decreto 32 de 2026
El intercambio de información no alcanza a PanamáPanamá intercambia información financiera de forma automática desde septiembre de 2018 y tiene un acuerdo FATCA con Estados Unidos.CIAT; Tesoro de EE. UU.

La expresión «paraíso fiscal» no es una categoría de ninguna de las listas citadas: el GAFI evalúa prevención de lavado de activos, la UE y la OCDE evalúan transparencia fiscal y prácticas tributarias. Una jurisdicción puede estar bien en una y pendiente en otra, como ocurre con Panamá.

Qué implica para una estructura hoy

La conclusión práctica es de cumplimiento. La Ley 526 de 2026 alcanza a sociedades y fundaciones que pertenecen a un grupo multinacional y reciben rentas pasivas de fuente extranjera, como dividendos, intereses, regalías o ganancias de capital. Una sociedad que no forma parte de un grupo multinacional queda fuera de ese régimen, según el análisis de la firma citada. La reglamentación, el Decreto Ejecutivo 32 del 2 de septiembre de 2026, exige para las que sí entran personal calificado, instalaciones y reuniones de junta directiva en Panamá, según La Estrella de Panamá.

También pesa la reputación frente a terceros. Mientras un país siga en una lista de la UE, algunos bancos y contrapartes europeas aplican controles adicionales; Radar no encontró una fuente oficial que fije esa consecuencia para Panamá, así que el efecto concreto se confirma con cada contraparte. La firma Legal Solutions Panamá lo plantea en su página sobre sociedades offshore: cada banco aplica su propio proceso de debida diligencia, y la conveniencia depende del tipo de actividad y del país de residencia fiscal de los socios.

  1. Definir el uso real de la estructura: tenencia de activos, facturación a clientes del exterior, inversión o comercio electrónico. Cada uso activa reglas distintas.
  2. Revisar la residencia fiscal de los socios: el país de residencia puede exigir reporte de la sociedad panameña y gravar su renta.
  3. Determinar si hay grupo multinacional y rentas pasivas extranjeras: de eso depende la prueba de sustancia desde 2027.
  4. Preparar la identificación del beneficiario final: el agente residente la necesita completa y actualizada.
  5. Prever la contabilidad: la Ley 52 de 2016 obliga a mantener registros respaldados.
  6. Considerar la figura: la guía de S.A., S.R.L. o fundación compara las opciones según el uso.

Qué verificar antes de usar Panamá

  1. El estado de las listas el día de la decisión. La lista de la UE y la del GAFI se actualizan por sesiones y pueden modificar el cuadro de esta nota.
  2. Que la sociedad exista en el registro. El Registro Público de Panamá permite consultar sociedades en línea.
  3. Que el agente residente cumpla. La contabilidad y el beneficiario final pasan por él: un agente inscrito y activo reduce el riesgo de incumplir.
  4. La política del banco. La apertura de cuenta bancaria siendo extranjero depende de la debida diligencia de cada entidad, no de la sociedad por sí sola.
  5. Las obligaciones del país de residencia. Declaración de la sociedad, de cuentas en el exterior o de rentas pasivas, según cada caso.
  6. La coherencia del propósito. Una estructura con fines económicos claros y documentados se explica mejor ante un banco o una autoridad.

Legal Solutions Panamá es una firma boutique de derecho corporativo, fiscal y migratorio en Ciudad de Panamá que atiende a extranjeros e inversionistas. Su página sobre sociedades offshore describe cómo se constituyen y qué evalúa cada caso, y su propuesta se entrega tras revisar el caso concreto.

Ver crear empresa offshore en Panamá

Para estructuras con operación local, la firma explica además cómo crear una sociedad en Panamá.

Preguntas frecuentes

¿Sigue siendo Panamá un paraíso fiscal?

“Paraíso fiscal” no es una categoría oficial de las listas internacionales, y Panamá tiene hoy una situación mixta: salió de la lista gris del GAFI en octubre de 2023, pero a la fecha de consulta (6 de octubre de 2026) sigue en el Anexo I de la lista fiscal de la Unión Europea. Panamá grava solo la renta de fuente panameña, con una prueba de sustancia para ciertas rentas pasivas desde 2027.

¿Panamá está en la lista gris del GAFI?

No. El GAFI retiró a Panamá de su lista de jurisdicciones bajo monitoreo reforzado en octubre de 2023. Ese estado se revisa en cada sesión plenaria, por lo que conviene consultar el comunicado más reciente del organismo.

¿Las sociedades panameñas son anónimas?

No. Las acciones al portador están prohibidas desde 2015, salvo las sociedades que se acogieron al régimen de custodia, y la Ley 129 de 2020 creó un registro privado de beneficiarios finales a cargo de los agentes residentes. El público no accede a ese registro, pero las autoridades competentes sí.

¿Qué es la sustancia económica?

Es la exigencia de que una entidad tenga personal, instalaciones y decisiones reales en Panamá para que sus rentas pasivas de fuente extranjera no tributen. La Ley 526 de 2026 la aplica a entidades de grupos multinacionales desde los períodos fiscales de 2027; si no la acreditan, tributan a una tasa definitiva de 15%.

¿Panamá intercambia información fiscal con otros países?

Sí. Panamá intercambia información financiera de forma automática bajo el Estándar Común de Reporte desde septiembre de 2018 y tiene un acuerdo FATCA con Estados Unidos. Además responde solicitudes de información fiscal, un área en la que el Foro Global de la OCDE realizará una revisión a fondo prevista para 2027.

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Fuentes

Todas las fuentes se consultaron el 6 de octubre de 2026. La información es general y no sustituye la asesoría de un abogado idóneo para el caso concreto.

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Por Deilys Romero

Deilys Romero es redactora de Radar Panamá. Administradora con mención en contaduría, venezolana de 48 años, cubre economía, empresas, impuestos y gestión de pymes con enfoque práctico. Radicada entre Panamá y Colombia, sigue de cerca el movimiento empresarial de ambos países.