Crear y operar una empresa en Panamá

Abrir una sociedad en Panamá implica elegir la figura legal, designar un agente residente, inscribirla en el Registro Público y cumplir obligaciones periódicas como la tasa única y la declaración del beneficiario final. Estas son las guías de Radar Panamá para cada paso, de la constitución a la operación diaria.

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En resumen: Abrir una empresa en Panamá consiste en constituir la sociedad (casi siempre una sociedad anónima) con un pacto social inscrito en el Registro Público y un agente residente, y luego darla de alta ante el fisco y el Ministerio de Comercio e Industrias con el Aviso de Operación. Un extranjero puede ser accionista y director sin residir en el país. La sociedad debe mantener al día la tasa única anual, la información de beneficiario final y los registros contables. Los regímenes especiales y las zonas francas son opciones aparte, con licencia propia, para actividades concretas.

Última verificación: 19 de octubre de 2026. Cada dato enlaza a su fuente oficial.

Cómo se abre una empresa en Panamá

El camino habitual tiene cuatro tramos. Primero se redacta y firma el pacto social, el documento que crea la sociedad. Segundo, ese pacto se inscribe en el Registro Público, con un agente residente designado. Tercero, la empresa obtiene su RUC en la Dirección General de Ingresos (DGI) y, si realiza una actividad comercial o industrial, hace el Aviso de Operación en el sistema Panamá Emprende. Cuarto, se cumplen las obligaciones que se repiten cada año. El artículo de Radar sobre cómo abrir una empresa en Panamá del pacto social al Aviso de Operación recorre el proceso con más detalle operativo.

La ley no exige que los socios vivan en Panamá. La Ley 32 de 1927 permite que dos o más personas mayores de edad, de cualquier nacionalidad y aun sin domicilio en la República, constituyan una sociedad anónima para cualquier objeto lícito (Ley 32 de 1927, artículo 1, Gaceta Oficial 5067). Una entrevista publicada por Radar explica cómo constituye un extranjero una sociedad sin viajar.

Conviene distinguir la sociedad operativa de la de tenencia o servicios al exterior. Radar compara ambas en sociedad offshore o empresa operativa: cómo elegir según la actividad, y la guía cómo crear una empresa offshore en Panamá recorre los pasos de la segunda.

Dato clave: En Panamá una sociedad nace con la inscripción de su pacto social en el Registro Público, pero solo puede ejercer una actividad comercial o industrial después de hacer el Aviso de Operación.
Por dónde empezar: definir si la actividad será operativa o de tenencia, porque de esa decisión dependen la figura legal y los trámites posteriores. Un punto de partida es la guía de Radar sobre cómo abrir una empresa en Panamá.

Tipos de sociedad y cuál se usa según el caso

La sociedad anónima (S.A.) es la figura más usada para negocios y para estructuras internacionales. La sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L.) y la fundación de interés privado cumplen funciones distintas. La tabla resume lo que fija cada norma; el detalle comparado está en el artículo S.A., S.R.L. o fundación de interés privado: qué figura conviene según el uso.

FiguraNormaLo que fija la normaUso habitual
Sociedad anónimaLey 32 de 1927Dos o más suscriptores mayores de edad; pacto social con nombre, objeto, capital, domicilio, agente en la República y no menos de tres directoresEmpresas operativas, tenencia de activos, estructuras internacionales
Sociedad de responsabilidad limitadaLey 4 de 2009Socios con cuotas de participación y administrador, según el artículo de RadarNegocios cerrados entre pocos socios
Fundación de interés privadoLey 25 de 1995Patrimonio afectado a un fin, con consejo y fundador, según el artículo de RadarPlanificación patrimonial y sucesoria

La fundación se parece poco a una empresa. Radar la analiza en fundación de interés privado o fideicomiso: diferencias y cuál conviene y recoge las advertencias de los abogados en la fundación de interés privado no es una herramienta mágica.

Por dónde empezar: comparar las tres figuras con la tabla del artículo de Radar sobre S.A., S.R.L. o fundación antes de redactar ningún documento.

Pacto social, agente residente y Registro Público

El artículo 2 de la Ley 32 de 1927 enumera qué contiene el pacto social: nombres y domicilios de los suscriptores, nombre de la sociedad (que no puede ser igual o parecido al de otra existente), objeto, monto del capital y número y valor de las acciones, acciones que toma cada suscriptor, domicilio, nombre y domicilio del agente en la República, duración y número de directores, que no serán menos de tres. El pacto puede otorgarse dentro o fuera del país y en cualquier idioma, ante notario o funcionario autorizado; si se firma fuera, se protocoliza en una notaría panameña con autorización de un cónsul panameño y, si no está en castellano, con traducción de un intérprete oficial (artículos 3, 4 y 5 de la Ley 32 de 1927).

El agente residente es el vínculo legal de la sociedad con el país. Según la Superintendencia de Sujetos no Financieros (SSNF), es la persona natural o firma de abogados inscrita como tal en el Registro Público, y el Registro Público suspende los derechos corporativos de la sociedad que permanece más de 90 días calendario sin agente tras la renuncia o remoción del anterior (SSNF, preguntas frecuentes, preguntas 12 y 13). Qué hace, cómo se contrata y cómo se cambia está en agente residente en Panamá: qué hace, qué exige la ley y cómo elegirlo.

En el Registro Público, el trámite de constitución corresponde al Departamento de Persona Mercantil. Piden el pacto social, el pago de los derechos de calificación y, para sociedades anónimas y fundaciones, el comprobante de la primera tasa única. Los derechos varían con el capital y el tipo de acciones, y la propia institución indica que el trámite puede durar entre una y dos semanas (Panamá Digital, constitución de sociedades). Una vez inscrita, el certificado del Registro Público acredita su existencia en un promedio de tres a cuatro horas. Para consultar una sociedad ya inscrita, Radar explica cómo consultar el Registro Público en línea.

  1. Elegir figura y nombre. El nombre no puede confundirse con el de una sociedad existente (artículo 2 de la Ley 32 de 1927).
  2. Designar al agente residente y a los directores; el pacto exige al menos tres directores.
  3. Redactar y otorgar el pacto social ante notario, en Panamá o en el exterior con la protocolización descrita.
  4. Presentarlo al Registro Público con el pago de derechos y la primera tasa única.
  5. Solicitar el certificado de existencia, que se pedirá después para el RUC, el banco y otros trámites.
Por dónde empezar: verificar que el agente residente figure inscrito, con la guía agente residente en Panamá y la definición de la SSNF.

Aviso de Operación y RUC

La Ley 5 de 11 de enero de 2007 creó el Aviso de Operación como trámite único para iniciar una actividad comercial o industrial. Se hace en el sistema Panamá Emprende del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI) y reemplazó a la antigua licencia comercial. La tasa es de B/.15.00 para personas naturales y B/.55.00 para personas jurídicas (Ley 5 de 2007, artículo 6, Gaceta Oficial 25709). La misma ley fijó un impuesto anual de 2 % sobre el capital de la empresa, con un mínimo de B/.100.00, y exentó a quienes tienen capital invertido menor de B/.10,000.00 (artículo 29). La ficha de Panamá Digital remite a Panamá Emprende y cita la Ley 5 y el Decreto Ejecutivo 26 de 2007.

No todos lo necesitan. El artículo 4 de la Ley 5 exceptúa, entre otros, a quienes se dedican solo a actividades agrícolas, ganaderas o similares, a la artesanía con hasta cinco trabajadores asalariados, a actividades sin fines de lucro y a profesiones liberales ejercidas a título individual o mediante sociedades civiles. El artículo 2 lista actividades que, además, exigen cumplir requisitos previos, como banca, seguros, farmacias, clínicas, armas y seguridad privada. El tope máximo del impuesto conviene confirmarlo con la DGI.

El RUC, el registro de contribuyente de la DGI, es un trámite gratuito. Para una persona jurídica piden poder notariado (no si el representante legal comparece con su abogado), copia de su cédula o pasaporte, copia autenticada del pacto social inscrito o un certificado vigente del Registro Público, y el formulario de RUC (Panamá Digital, RUC de persona jurídica).

Por dónde empezar: comprobar en el artículo 4 de la Ley 5 de 2007 si la actividad está exceptuada o exige permisos previos, y luego leer la guía de Radar sobre el Aviso de Operación.

Tasa única, beneficiario final y otras obligaciones periódicas

La tasa única anual la establece el artículo 318-A del Código Fiscal, en el texto de la Ley 49 de 2009: B/.250.00 al inscribirse y B/.300.00 en los años siguientes para mantener la plena vigencia de la persona jurídica. Vence el 15 de julio para las sociedades inscritas de enero a junio y el 15 de enero para las inscritas de julio a diciembre, y se paga por conducto del representante legal o del agente residente. El pago tardío genera un recargo único de B/.50.00 por año o fracción, y dos períodos sin pagar suman una multa de B/.300.00 y una anotación de morosidad (Ley 49 de 2009, Gaceta Oficial 26370-C). Según la SSNF, tres años consecutivos de morosidad llevan a la suspensión de los derechos corporativos. Las fechas y los efectos se explican en tasa única de sociedades en Panamá: quién paga y cuándo vence.

El beneficiario final es la persona natural que, en última instancia, es dueña o controla la sociedad. Lo registra el agente residente, no la sociedad, en el sistema privado y único que administra la SSNF, creado por la Ley 129 de 2020 y reglamentado por el Decreto Ejecutivo 13 de 2022. Si no se identifica por la titularidad de acciones, se determina quién ejerce el control efectivo por otros medios, conforme al artículo 10 del decreto (SSNF, preguntas frecuentes, preguntas 10 y 15). La SSNF puede ordenar la suspensión de derechos corporativos de la sociedad que no esté debidamente inscrita o actualizada por su agente. El contenido de la declaración está en beneficiario final en Panamá: qué se declara y quién lo registra.

A estas se suman las de cualquier empresa operativa: renta, ITBMS cuando corresponda, inscripción patronal en la Caja de Seguro Social si hay empleados y los registros contables que exige la norma vigente. Para negocios del sector financiero, Radar explica el caso de factoring en Panamá.

Dato clave: En Panamá la sociedad responde ante el Estado por la tasa única, mientras que el agente residente responde por registrar y actualizar a los beneficiarios finales; el incumplimiento de cualquiera de las dos puede suspender los derechos corporativos.
Por dónde empezar: anotar en un calendario el 15 de enero y el 15 de julio según el mes de inscripción, y confirmar con el agente residente quién gestiona el pago. La referencia es la guía de la tasa única.

Zonas francas y regímenes especiales

Fuera del régimen general existen varios regímenes con licencia propia. Radar los compara en Zona Libre de Colón, Panamá Pacífico, SEM y EMMA: qué régimen especial conviene a cada empresa.

RégimenBase legalPara qué actividad
Zonas francasLey 32 de 5 de abril de 2011, Gaceta Oficial 26757-BProducción, logística, servicios, educación superior, investigación y alta tecnología, entre otras categorías (artículo 24)
Panamá PacíficoLey 41 de 2004Zona económica especial en la antigua base de Howard, con incentivos fiscales, aduaneros, laborales y migratorios
Sedes de Empresas Multinacionales (SEM)Ley 41 de 2007Sedes regionales de grupos multinacionales
EMMALey 159 de 2020Servicios relacionados con la manufactura para empresas del mismo grupo
Zona Libre de ColónVer el artículo de RadarImportación, almacenamiento y reexportación de mercancías

En las zonas francas, la Dirección General de Zonas Francas del MICI se creó mediante el Decreto Ejecutivo 1 de 2012 (normativa de zonas francas del MICI). Los requisitos varían según se trate de promotor, operador o empresa (licencia de zona franca en Panamá: requisitos por tipo de licencia) y los beneficios tributarios se desglosan en incentivos fiscales de una zona franca: qué dice la Ley 32. Para un negocio tecnológico, Radar publicó los pasos para instalar una empresa tecnológica en una zona franca, las oficinas en una zona franca de innovación, el ecosistema de innovación y el contexto de Panamá como hub digital.

Sobre la reputación fiscal del país, la Delegación de la Unión Europea en Panamá informó que el 9 de octubre de 2026 los ministros de Finanzas de la UE retiraron a Panamá del Anexo I de la lista de jurisdicciones no cooperantes, citando la ley de sustancia económica y su decreto reglamentario. La misma fuente aclara que Panamá saldrá del Anexo II solo cuando la revisión a fondo del Foro Global la confirme como en gran medida o plenamente conforme con el estándar internacional (Delegación de la UE en Panamá, 9 de octubre de 2026). La situación puede cambiar en cada revisión de la lista. Radar resume qué sigue vigente en Panamá como jurisdicción offshore.

Por dónde empezar: contrastar la actividad con las categorías del artículo 24 de la Ley 32 y revisar la comparación de regímenes especiales.

Cuenta bancaria, apostilla y documentos del extranjero

Los bancos aplican debida diligencia propia. El Acuerdo 1 de 2026 de la Superintendencia de Bancos, fechado el 16 de enero de 2026, actualizó las reglas contra el uso indebido de los servicios bancarios. Su artículo 19 exige a los bancos construir un perfil del cliente persona jurídica (actividad, fecha de constitución, estructura, origen y destino de los fondos, país de constitución y de domicilio, montos y frecuencia de transacciones) y obtener copia del pacto social, un certificado del Registro Público o información equivalente, y la identificación de dignatarios, directores, apoderados y representantes. También deben abstenerse de iniciar relación con sociedades suspendidas (Acuerdo 1-2026, artículo 19; comunicado de la Superintendencia). Los requisitos prácticos están en cuenta bancaria para una sociedad panameña: requisitos y debida diligencia.

Los documentos emitidos en el exterior se apostillan en su país de origen si este es parte del Convenio de La Haya sobre la apostilla. Panamá se adhirió el 30 de octubre de 1990 y el convenio entró en vigor para el país el 4 de agosto de 1991 (HCCH, tabla de estado del convenio). Para documentos panameños destinados al exterior, el Ministerio de Relaciones Exteriores indica que las apostillas se tramitan en la plataforma Panamá Conecta (MIRE, autenticaciones y legalizaciones). La traducción oficial y los países fuera del convenio se tratan en apostilla y traducción oficial de documentos para Panamá: guía.

Por dónde empezar: pedir al banco la lista de documentos antes de constituir la sociedad y revisar el artículo de Radar sobre debida diligencia bancaria.

Mitos y realidad

  • Se cree: hace falta viajar a Panamá para abrir una empresa. La norma: el pacto social puede otorgarse fuera del país y en cualquier idioma, con las formalidades de protocolización de la Ley 32 de 1927.
  • Se cree: la sociedad anónima no deja rastro de sus dueños. La norma: el agente residente registra al beneficiario final ante la SSNF, y los bancos piden identificarlo.
  • Se cree: la tasa única se paga una vez. La norma: es anual, con fechas de enero y julio, y su impago bloquea inscripciones y certificaciones.
  • Se cree: con inscribir la sociedad ya se puede vender. La norma: la Ley 5 de 2007 requiere el Aviso de Operación para iniciar la actividad, salvo las actividades exceptuadas.
  • Se cree: Panamá sigue en la lista de la UE de jurisdicciones no cooperantes. La fuente: el 9 de octubre de 2026 fue retirada del Anexo I; sigue sujeta a la revisión del Foro Global para salir del Anexo II.
  • Se cree: una zona franca sirve para cualquier negocio. La norma: la Ley 32 de 2011 admite categorías concretas de empresas y exige licencia.
Por dónde empezar: contrastar cualquier afirmación sobre estatus fiscal con la fuente oficial y con el artículo de Radar sobre lo que sigue vigente.
¿Cómo abrir una empresa en Panamá siendo extranjero?

Se constituye una sociedad, normalmente anónima, con un pacto social inscrito en el Registro Público y un agente residente, sin necesidad de residir en el país. Después se tramitan el RUC en la DGI y el Aviso de Operación en Panamá Emprende si la empresa va a operar.

¿Cuántas personas hacen falta para una sociedad anónima?

Se requieren dos o más suscriptores mayores de edad al constituirla y no menos de tres directores en el pacto social, según la Ley 32 de 1927. Una misma persona puede ocupar varios cargos, como detalla el artículo de Radar sobre figuras societarias.

¿Qué es el agente residente y es obligatorio?

Es un abogado o una firma de abogados inscrito en el Registro Público que representa a la sociedad en el país, y el pacto social debe indicar su nombre y domicilio. Si la sociedad queda más de 90 días sin agente, el Registro Público suspende sus derechos corporativos.

¿Cuánto cuesta el Aviso de Operación?

La tasa fijada por la Ley 5 de 2007 es de B/.15.00 para personas naturales y B/.55.00 para personas jurídicas. Aparte existe un impuesto anual de 2 % sobre el capital, con mínimo de B/.100.00 y exención bajo B/.10,000.00 de capital invertido.

¿Qué pasa si no se paga la tasa única?

Se genera un recargo de B/.50.00 por año o fracción, el Registro Público deja de inscribir actos y expedir certificaciones, y dos períodos impagos suman una multa de B/.300.00. Según la SSNF, tres años consecutivos de morosidad llevan a la suspensión de derechos corporativos. Esta guía es informativa y no sustituye la asesoría de un abogado o contador.

Fuentes

Todas las fuentes se consultaron el 19 de octubre de 2026.